USO DE COOKIES

Esta página web utiliza cookies tanto propias como de terceros para proporcionarle una mejor experiencia de navegación a través de nuestra Web y evaluar el uso y actividad general de la misma. La base legal es el consentimiento del usuario, salvo en el caso de las cookies técnicas, que son imprescindibles para navegar por esta web.

El titular de la web, responsable del tratamiento de las cookies, y sus datos de contacto son accesibles en el Aviso Legal

Por favor, haga clic en “ACEPTAR Y SEGUIR” si desea admitir todas las cookies. Si quiere elegir qué cookies admitir o rechazarlas todas, haga clic en “OPCIONES DE COOKIES”. Puede obtener más información sobre el uso de cookies en esta web haciendo clic tanto propias como de terceros aquí.

 

FUNCIONALIDADES BÁSICAS

Cookies básicas e imprescindibles.- Resultan necesarias para navegar por esta web y recibir el servicio ofrecido a través de ella, por lo que no requieren consentimiento. Se trata de cookies destinadas a permitir, únicamente, la comunicación entre el equipo del usuario y la red o prestar un servicio que haya sido solicitado por el usuario.

FUNCIONALIDADES AVANZADAS destinadas a permitir, únicamente, la comunicación entre el equipo del usuario y la red o prestar un servicio que haya sido solicitado por el usuario.

Cookies de análisis.- Permiten cuantificar el número de usuarios y examinar su navegación, pudiendo así medir y analizar estadísticamente la utilización que se hace de la web, con el fin de mejorar los contenidos y el servicio a través de ella. Pueden ser cookies propias o de terceros. Si no se aceptan, simplemente no se llevará a cabo el análisis indicado. Para navegar por las páginas del Gabinete de Estudios, por razones técnicas es necesario tener activada esta opción.

Cookies de redes sociales.- Permiten estar en contacto con su red social, compartir contenidos, enviar y divulgar comentarios. Si no se aceptan, no será posible la conexión con las redes sociales desde esta página web.

Al pulsar el botón “Guardar Preferencias y seguir navegando”, se guardará la selección de cookies que haya realizado. Si no ha seleccionado ninguna opción, pulsar este botón equivaldrá a rechazar todas las cookies.

Especial sobre el Céntimo Sanitario

La Sentencia del TSJUE de fecha 27 de febrero de 2014 declara que el Impuesto sobre Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMDH) resulta contrario al Derecho Comunitario, además de denegar los efectos prospectivos de la sentencia que había sido solicitado por el Estado Español. Esto supone que quienes hubieran soportado la repercusión del impuesto pueden solicitar la devolución del mismo mediante solicitud de devolución de ingresos indebidos correspondiente a los ejercicios que no estuvieran prescritos. No obstante, al encontrarnos ante un impuesto declarado contrario al Derecho Comunitario, si la devolución fuera denegada o en los supuestos en los que se pretenda recuperar el impuesto pagado en ejercicios prescritos, se podrá acudir a la vía de la Responsabilidad Patrimonial del Estado Legislador, mediante la reclamación de daños y perjuicios. Vía esta ultima que no resulta incompatible con la devolución de ingresos indebidos.

En este especial recogemos toda la información que os pueda resultar de interés para emprender una u otra acción.

*Para ver el contenido de este apartado el ususario deberá estar registrado