Las Operaciones Vinculadas tras la reforma del Impuesto sobre Sociedades

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Las principales novedades introducidas en el nuevo artículo 18 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, son las siguientes:

  • Obligaciones de documentación:

-    Se simplifica su contenido para aquellas entidades o grupos de entidades cuyo importe neto de cifra de negocios sea inferior a 45 millones de euros, no siendo necesaria en relación con determinadas operaciones. Esto supone una reducción de las obligaciones administrativas para un gran número de contribuyentes.

- Se eliminan determinados supuestos de obligación de documentación para transmisiones de negocios, valores e intangibles, suprimiendo también la excepción a la misma en el caso de que el importe de la contraprestación de las operaciones cuya documentación se exigía no alcanzara los 250.000 euros.
 

  • Perímetro de vinculación: Los supuestos de vinculación sufren las siguientes modificaciones:

- Se restringe el perímetro de vinculación en los supuestos de vinculación en el ámbito de la relación socio-sociedad, quedando en el 25% de participación (antes era del 5% o del 1% para sociedades cotizadas). 

- Se mantiene el concepto “mercantil” de grupo a efectos de vinculación, lo que significa un cambio respecto de la redacción del anteproyecto, que acogía la idea de “poder de decisión”.

- Se elimina la consideración de vinculación con respecto a la retribución percibida por los consejeros y administradores de sociedades por el ejercicio de sus funciones.

- Se elimina el supuesto de vinculación entre una entidad y los socios os partícipes de otra entidad, cuando ambas pertenezcan a un grupo.

- Se elimina la vinculación entre una entidad no residente en territorio español y sus establecimientos permanentes, manteniéndose la vinculación en el supuesto contrario, es decir existe vinculación entre una entidad residente en territotio español y sus establecimientos permanentes en el extranjero, lo cual genera cierta asimetría en el trato a los establecimientos permanentes.

- Se elimina la vinculación entre dos entidades que formen parte de un grupo que tribute en el régimen de sociedades cooperativas.
 

  • Metodología de valoración de las operaciones vinculadas:

- Se elimina la jerarquía de métodos que venía regulada en la anterior redacción para determinar el valor de mercado de las operaciones vinculadas, en la que primaban los métodos directos o transaccionales sobre los basados en resultados,admitiéndose adicionalmente, con carácter subsidiario otros métodos y técnicas de valoración, siempre que se respete el principio de libre competencia.

- Se incluye una regulación específica para las rentas estimadas por operaciones con establecimientos permanentes en el extranjero.

 

  • Valoración de operaciones de sociedades profesionales:

- Se introducen reglas específicas de valoración para las operaciones de las sociedades profesionales con sus socios, ajustadas, en todo caso, a la realidad económica.

- Se suprime el requisito de ser empresa de reducida dimensión, a efectos de que el contribuyente considere que el valor convenido coincide con el de mercado en casos de prestación de serivicios de un socio profesional a la entidad vinculada.

 

  • Acuerdos previos de valoración: se introduce la posibilidad de que sus efectos alcancen a operaciones de periodos anteriores siempre que no estuvieran prescritos.

 

  • Desaparece la tasación pericial contradictoria como método de comprobación de valor de mercado de las operaciones realizadas entre partes vinculadas.

 

  • En lo que se refiere al ajuste secundario se contempla la posibilidad de no realizar dicho ajuste cuando exista una restitución patrimonial de la diferencia valorativa. Esta restitución no determinará la existencia de renta en las partes afectadas.

 

  • Modificación del régimen sancionador: se establece un régimen menos gravoso, así como la estanqueidad de la operación y de la valoración que se pudiera hacer en otros ámbitos, como es el caso del valor en aduana.

 

 

 

Notas de actualidad fiscal

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  • La Agencia Tributaria pone en funcionamiento el nuevo sistema Cl@ve. La Agencia Tributaria sustituye el sistema PIN24H por el sistema Cl@ve, siendo este un sistema de identificación, autenticación y firma electrónica común para toda la Administración General del Estado que permitirá al ciudadano acceder a todos los servicios electrónicos de las Administraciones Públicas a través de una plataforma común de identificación y autenticación mediante la utilización de claves concertadas previo registro como usuario en la misma.
    (AEAT)

     
  • El acogimiento de un menor por estudios no da derecho a la aplicación del mínimo por descendientes en el IRPF. Así lo ha interpretado la DGT en una consulta al entender que en estos supuestos, no se cumplen  los requisitos contemplados en la normativa del Código Civil para que pueda considerarse la calificación de descendientes a que se refiere la normativa del IRPF.
    (DGT, V2483-14 de 23/09/2014)
  • Las devoluciones del Céntimo Sanitario se imputan al ejercicio en el que se obtiene la devolución. La DGT ha declarado recientemente que la devolución del IVMDH (como consecuencia de la solicitud de ingresos indebidos), contabilizado en su día como gasto, debe imputarse como ingreso en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades del ejercicio en que se reconoce el derecho a su devolución, por lo que el contribuyente no tendrá que presentar declaraciones complementarias.
    (DGT, V2236-14 de 16/09/2014)
     
  • Exención en el IRPF por trabajos realizados en el extranjero: ¿Cómo se computan los días? El art. 7 p) declara exentos los rendimientos del trabajo efectivamente realizados en el extranjero, aplicándose dicha exención a las retribuciones devengadas por los días que el trabajador ha estado efectivamente en el extranjero. Para dicho computo se tendrán en cuenta los días no laborables (festivos o fines de semana) que, una vez iniciada la prestación efectiva de los trabajos, el período de desplazamiento ordenado por el empleador pudiera comprender. Por el contrario, no se computarán los días festivos o fines de semana que el trabajador permanezca en el extranjero por motivos particulares antes del inicio de los trabajos o una vez finalizados los mismos, ni tampoco los periodos vacacionales que el trabajador hubiera disfrutado en el extranjero.
    (DGT, V2537-14 de 30/09/2014)
     
  • Las dietas para gastos de viaje no están exentas si no existe relación laboral o estatutaria. El régimen de dietas exoneradas de gravamen previsto en el artículo 9 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (RD. 439/2007, de 30 de marzo), resulta de aplicación únicamente a aquellos contribuyentes perceptores de rendimientos del trabajo obtenidos como consecuencia de una relación laboral o estatutaria, caracterizada esta por notas de dependencia y ajenidad.
    Por tanto, los socios profesionales con más del 50% de participación en el capital social, en los que no concurren las notas de dependencia y ajenidad no podrán beneficiarse del régimen de dietas exoneradas de gravamen.
    (DGT, V2193-14 de 6/08/2014)
     
  • La venta de “tarjetas regalo” constituye una operación sujeta a IVA y obliga a repercutir el impuesto. La DGT responde en un supuesto en el que la “tarjeta regalo" que se comercializa consiste en una tarjeta no nominativa que puede ser utilizada por su portador para la adquisición de determinados bienes (prendas de vestir y accesorios). Dado que las entregas de prendas de vestir y accesorios en el territorio de aplicación del Impuesto son entregas de bienes sujetas y no exentas del mismo, por los pagos anticipados realizados con anterioridad a la entrega se devengará el Impuesto y habrá que proceder a la consiguiente repercusión. En consecuencia, la venta de una tarjeta que da derecho a adquirir determinados bienes situados en el territorio de aplicación del Impuesto es una operación sujeta al mismo, que determinará su repercusión al adquirente de la misma.
    (DGT, V2511-14, de 24/11/2014)

Noticiario

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  • 2018: el año en el que dejarán de existir los paraísos fiscales
    Expansión 26/11/2014
    Tras la aceptación de Suiza de intercambiar información bancaria automáticamente con otros países, el número de territorios internacionales opacos se reducirá a su mínima expresión en los próximos tres años.
     
  • Los bancos pagarán en diciembre el impuesto a los depósitos de 2014
    ABC 25/11/2014
    Las entidades nacionales deberán comenzar a pagar el impuesto a los depósitos bancarios correspondiente a 2014 a partir del próximo 1 de diciembre y tendrán de plazo hasta que acabe el mes, según una orden del Ministerio de Hacienda publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El Gobierno fijó esta tasa en el 0,03%. En casos donde se pague mediante domiciliación bancaria, el plazo se establece entre el 1 y el 23 de diciembre. A partir del próximo año, las entidades deberán liquidar el gravamen durante el mes de julio mediante el llamado modelo 410.
     
  • Luz verde al a reforma fiscal que rebaja el IRPF en 2015
    Cinco Días 21/11/2014
    El Congreso aprueba los textos normativos que reducen los tipos en renta y el impuesto de sociedades. La novedad más relevante es la reducción de tramos y tipos en el IRPF, un tributo que el actual Gobierno aumentó en 2011 para reducir el déficit público. El impuesto sobre la renta que entrará en vigor en 2015 contará con cinco tramos frente a los siete vigentes. Y el tipo mínimo bajará del 24,75% al 20%. El máximo, pasará del 52% al 47%.

     
  • La Agencia Tributaria facilita acuerdos singulares con empresas en concurso
    Cinco Días 20/11/2014
    La Agencia Tributaria ha dictado una instrucción para facilitar la firma de acuerdos singulares entre el fisco y las empresas en concurso de acreedores. Este tipo de pactos sirven para facilitar el pago de la deuda tributaria a través, por ejemplo, de aplazamientos. La gran novedad de la instrucción es que permitirá firmar un acuerdo singular después de la fecha de eficacia del convenio de acreedores, es decir, una vez el juez haya dado por cerrado el caso. Ello implica ofrecer una última oportunidad para que las empresas concursadas alcancen un pacto con Hacienda que les permita devolver la deuda fiscal con mejores condiciones.
     
  • La reforma de la Ley General Tributaria estará lista en mayo
    Expansión 12/11/2014

    La reforma de la Ley General Tributaria, un texto que introduce cuestiones polémicas como la publicación de una lista de los morosos que mantienen una deuda con Hacienda superior al millón de euros, podría aprobarse entre los meses de abril y mayo de 2015, según el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
     
  • La entidad participada al 100% por España debe pagar el IBI
    Iuris & Lex 10/11/2014
    España no puede establecer una exención en el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) sobre un terreno de su propiedad cedido a una empresa privada de capital íntegramente público, que suministra bienes y servicios que pueden comerciarse entre países de la UE en mercados abiertos a la competencia. Esta es la conclusión a la que ha llegado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en esta sentencia de 9 de octubre de 2014, de la que ha sido ponente el magistrado Alexander Arabadjiev.

 

  • Bruselas demanda a España por discriminación fiscal a no residentes
    Expansión, 27/11/2014
    La Comisión Europea demandará a España por discriminar los dividendos de sociedades no residentes frente a los de las residentes. Así lo anunció ayer en un comunicado, en el que recuerda que en junio de 2013 envió a España un requerimiento en forma de dictamen motivado en el que le instaba a modificar este asunto al considerar que vulnera el derecho de establecimiento, la libre prestación de servicios, el suministro transfronterizo de bienes y la libre circulación de capitales.
     
  • Hacienda prepara la prórroga del plan PIVE 6
    Cinco Días, 6/11/2014
    El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, vino a confirmar ayer que el plan PIVE 6 para la compra de vehículos tendrá prórroga hasta final de año. El ministerio está preparando ahora “el procedimiento presupuestario” para dar salida a los fondos.
     
  • Vía libre a inspeccionar a una sociedad disuelta y liquidada
    El Economista, 5/11/2014
    El Tribunal Supremo acaba de arrojar luz sobre una cuestión a la que se enfrentan muchos socios de negocios que se han visto liquidados y disueltos a raíz de la crisis: la posibilidad de que Hacienda inicie actuaciones inspectoras contra esta sociedad, y no directamente contra los socios, en caso de que la empresa como tal ya no exista.
     
  • El PSOE pide auditar la amnistía fiscal para detectar corruptos
    Expansión, 3/11/2014
    Los socialistas ha pedido en el Congreso poner en marcha un “plan especial de comprobación” de las 31.484 declaraciones tributarias que en 2012 se acogieron a la amnistía fiscal, de manera que se denuncien ante los tribunales las “conductas ilícitas” que se descubran en este proceso de investigación.

Calendario del Territorio Común

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  MES DE DICIEMBRE
  Hasta el día 1

 

IVA

  • Solicitud de inscripción/baja. Registro de devolución mensual. Modelo 036
  • Solicitud aplicación régimen de deducción común para sectores diferenciados para 2015. Sin modelo

IMPUESTOS MEDIOAMBIENTALES

  • Año 2013. Autoliquidación. Modelo 583
     

 

  Hasta el día 22

 

RENTA Y SOCIEDADES
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.

  • Noviembre 2014. Grandes empresas. Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 230

Pagos fraccionados sociedades y establecimientos permanentes de no residentes

  • Ejercicio en curso:
    • Régimen general. Modelo 202
    • Régimen de consolidación fiscal (grupos fiscales). Modelo 222

IVA

  • Noviembre 2014. Autoliquidación.Modelo 303
  • Noviembre 2014. Grupo de entidades, modelo individual 322
  • Noviembre 2014. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones. Modelo 340
  • Noviembre 2014. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo 349
  • Noviembre 2014. Grupo de entidades, modelo agregado 353
  • Noviembre 2014. Operaciones asimiladas a las importaciones. Modelo 380

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS

  • Noviembre 2014. Modelo 430

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

  • Septiembre 2014. Grandes empresas. (*) Modelos 553, 554, 555, 556, 557, 558
  • Septiembre 2014. Grandes empresas. Modelos 561, 562, 563
  • Noviembre 2014. Grandes empresas. Modelo560
  • Noviembre 2014. Modelos 566,581
  • Noviembre 2014 (*) . Modelos 570,580

(*) Los destinatarios registrados, destinatarios registrados ocasionales, representantes fiscales y receptores autorizados (grandes empresas), utilizarán para todos los impuestos el modelo 510

 

  Hasta el día 31

 

RENTA

  • Renuncia o revocación estimación directa simplificada y estimación objetiva para 2015 y sucesivos. Modelos 036/037

IVA

  • Renuncia o revocación regímenes simplificado y agricultura, ganadería y pesca para 2015 y sucesivos. Modelos 036/037
  • Opción o renuncia al régimen de criterio de caja para 2015. Modelos 036/037
  • Opción o revocación por la determinación de la base imponible mediante el margen de beneficio global en el régimen especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección para 2015 y sucesivos. Modelo 036
  • Opción o revocación por la determinación global de la base imponible en el régimen especial de las agencias de viajes para 2015 y sucesivos. Modelo 036
  • Opción tributación en destino ventas a distancia a otros países de la Unión Europea para 2015 y 2016. Modelo 036
  • Renuncia al régimen de deducción común para sectores diferenciados para 2015. Sin modelo
  • Comunicación de alta en el régimen especial del grupo de entidades. Modelo 039
  • Opción o renuncia por la modalidad avanzada del régimen especial del grupo de entidades. Modelo 039
  • Comunicación anual relativa al régimen especial del grupo de entidades. Modelo 039

 

Calendario de Canarias

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  MES DE DICIEMBRE
  Hasta el día 1

 

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL PETRÓLEO

  • Declaración-Liquidación correspondiente al mes de octubre. Modelo 430
     

 

  Hasta el día 22

 

IMPUESTO GENERAL INDIRECTO CANARIO

  • Grandes Empresas. El correspondiente al mes de noviembre. Modelo 410 
  • Régimen general devolución mensual. El correspondiente al mes de noviembre. Modelo 411 
  • Declaración ocasional. El correspondiente al mes de noviembre. Modelo 412
  • Régimen especial del grupo de entidades. El correspondiente al mes de noviembre. Modelo 418  
  • Régimen especial del grupo de entidades. El correspondiente al mes de noviembre. Modelo 419 
     

IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS

  • Pago en metálico del impuesto que grava los documentos negociados por Entidades Colaboradoras. El correspondiente al mes de noviembre. Modelo 610
  • Pago en metálico del impuesto que grava la emisión de documentos que lleven aparejada acción cambiaria o sean endosables a la orden. El correspondiente al mes de noviembre. Modelo 615
     

TASA FISCAL SOBRE EL JUEGO

  • Máquinas recreativas. El correspondiente al cuarto trimestre. Modelo 045 
  • Máquinas recreativas. El correspondiente al cuarto trimestre. Modelo 046 
     

IMPUESTO SOBRE LAS LABORES DEL TABACO

  • Autoliquidación  correspondiente al mes de noviembre. Modelo 460
  • Declaración de operaciones accesorias al modelo 460 correspondiente al mes de noviembre. Modelo 461 

 

 

Calendario de Navarra

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  MES DE DICIEMBRE
  Hasta el día 22

 

RENTA PERSONAS FÍSICAS

  • Retenciones a cuenta Empresas fact. > 6.010.121,04 €  (noviembre 2014): Del 1 al 22
     

IVA

  • Incluidos en Registro de Devolución Mensual y Empresas fact. > 6.010.121,04 €  (noviembre 2014): Del 1 al 22
  • Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (Noviembre 2014 y Bimensual: Octubre-Noviembre 2014): Del 1 al 22

IMPUESTOS ESPECIALES

  • Electricidad,  Hidrocarburos y Tabaco (Declaración-liquidación mensual de noviembre 2014): Del 1 al 22.
  • Cerveza y Productos Intermedios, Alcohol y Bebidas Derivadas (Declaración-liquidación de septiembre de 2014  y 3º trimestre 2014): Del 1 al 22.
  • Declaración de operaciones Cerveza y Productos Intermedios, Alcohol y Bebidas Derivadas (Declaración septiembre de 2014 y 3º trimestre 2014): Del 1 al 22
  • Declaración de operaciones Hidrocarburos y Tabaco (Declaración noviembre del 2014): del 1 al 22

SOCIEDADES

  • 3er Pago fraccionado (normativa Estado): Del 1 al 22
  • Retenciones a cuenta Empresas fact. > 6.010.121,04 €  (noviembre 2014): Del 1 al 22

PRIMAS DE SEGUROS

  • Pago (noviembre 2014): Del 1 al 22

NO RESIDENTES

  • Retenciones a cuenta empresas con facturación > 6.010.121,04 €  (noviembre 2014): 1 al 22

 

  Todo el mes

 

IVA

  • Opción o renuncia a regímenes especiales para el año 2015: Todo el mes 
     

RENTA PERSONAS FÍSICAS

  • Opción o renuncia a estimación objetiva para el año 2015: Todo el mes

 

 

 

Calendario de Álava

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  MES DE DICIEMBRE
  Hasta el día 1

 

IVA

  • Solicitud de aplicación de un régimen de deducción común para los sectores diferenciados comprendidos en el art. 9, 1º c) a´) de la Norma del Impuesto para el año 2015. Sin modelo.
  • Solicitud de alta y baja del Registro de devolución mensual del IVA para el año 2015 (Ver plazos de declaraciones no periódicas/declaraciones censales). Modelos 036, 037

 

 Hasta el día 5

 

IMPUESTOS ESPECIALES

  • Octubre 2014. Grandes Empresas (*). Modelos 554, 555, 556, 557, 558
  • Noviembre 2014. Operadores autorizados. Modelo 503/NE
  • Noviembre 2014. Todas las empresas. Modelo 511

(*) Los destinatarios registrados, destinatarios registrados ocasionales, representantes fi scales y receptores autorizados, utilizarán para todos los impuestos el modelo 510

 

 Hasta el día 22

 

IMPUESTO DE SOCIEDADES
Pagos fraccionados Sociedades y Establecimientos permanentes
Tercer pago a cuenta, empresas con volumen de operaciones en el Territorio Histórico de Álava que tributan bajo normativa común:

  • Régimen General. Presentación obligatoria por Internet. Modelo 202
  • Régimen de Consolidación fiscal. Presentación obligatoria por Internet. Modelo 222

 

 Hasta el día 26

 

RENTA, SOCIEDADES Y NO RESIDENTES (con establecimiento permanente)
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, de actividades económicas, premios, arrendamiento de inmuebles urbanos, ganancias patrimoniales y capital mobiliario

  • Noviembre 2014. Grandes Empresas. Modelos 111, 115-A, 117, 123, 124, 126, 128

 

IVA

  • Noviembre 2014. Régimen General. Autoliquidación. Modelo 303
  • Noviembre 2014. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro. Modelo 340
  • Noviembre 2014. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo 349
  • Noviembre 2014. Grupo de entidades. Modelo individual. Modelo 322
  • Noviembre 2014. Grupo de entidades. Modelo agregado. Modelo 353

 

NO RESIDENTES (sin establecimiento permanente)
Retenciones e ingresos a cuenta

  • Noviembre 2014. Grandes Empresas. Modelos 117, 216

 

TRIBUTO SOBRE EL JUEGO

  • Máquinas o aparatos automáticos. Cuarto plazo. Modelo 045

 

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGURO

  • Noviembre 2014. Modelo 430
     

IMPUESTOS ESPECIALES

  • Septiembre 2014. Grandes Empresas. Modelos  561, 562, 563
  • Noviembre 2014. Impuesto sobre la Electricidad. Grandes Empresas Modelo 560
  • Noviembre 2014. Todas las empresas Modelos  581, 566
  • Noviembre 2014. Todas las empresas (*) Modelos 570, 580
  • Noviembre 2014. Impuestos de Fabricación.
  • Declaración informativa de cuotas repercutidas Modelo 548

(*)Los destinatarios registrados, destinatarios registrados ocasionales, representantes fi scales y receptores autorizados, utilizarán para todos los impuestos el modelo  510

 

 

 Hasta el día 26

 

IVA

  • La renuncia y la revocación de la misma al Régimen Simplificado para el ejercicio 2015 y sucesivos Modelo 037

(La renuncia y la revocación al Régimen Simplificado está establecida reglamentariamente en el mes de diciembre, salvo que Disposiciones Normativas posteriores modifiquen dicho plazo).

  • Renuncia o revocación de la misma al Régimen Especial de la Agricultura, Ganadería y Pesca para el ejercicio 2015 y sucesivos Modelo 037
  • Opción o renuncia al Régimen Especial de Criterio de Caja del Impuesto sobre el Valor Añadido para el ejercicio 2015 y sucesivos Modelos 036,037
  • Opción o revocación para el ejercicio 2015 y sucesivos por la determinación global de la base imponible en el Régimen Especial Agencias de Viaje. Modelos 036,037
  • Opción o revocación para el ejercicio 2015 y sucesivos por la determinación de la Base Imponible mediante el margen de beneficio global en el Régimen Especial de los bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección. Modelos 036,037
  • Opción tributación en destino ventas a distancia a otros países de la U.E. para 2015 y 2016 Modelos 036.037
  • Renuncia al Régimen de deducción común para sectores diferenciados para 2015. Sin modelo
  • Comunicación de alta en el Régimen especial del grupo de entidades del IVA. Modelo  036
  • Comunicación de datos anual relativa al Régimen especial del grupo de entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido. Modelo 036
  • Solicitud de inscripción o baja en el Registro de devolución mensual, grupo de entidades. Modelo 036

 

 

 

Calendario de Guipuzcoa

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  MES DE DICIEMBRE
  PARTICULARES
  Hasta el día 22

 

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES E IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES
Exclusivamente para entidades a las que les sea de aplicación la normativa estatal:

  • Pagos fraccionados. Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No residentes con establecimiento permanente • Modelo: 202

 

 EMPRESAS
 Hasta el día 5

 

TRIBUTO SOBRE EL JUEGO

  • El plazo de solicitud de alta, modificación o baja  en el sistema de domiciliación del pago del tributo sobre el juego mediante máquinas o aparatos automáticos finaliza el 5 de diciembre de marzo para que la domiciliación surta efectos desde el cuarto trimestre del año natural (octubre-diciembre) • Modelo 44D

 

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

  • Noviembre 2014. Todas las empresas. Ventas en ruta • Modelo 511

 

 Hasta el día 22

 

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES E IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES
Exclusivamente para entidades a las que le sea de aplicación la normativa estatal:

  • Pagos fraccionados. Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No residentes con establecimiento permanente • Modelo: 202
  • Pagos fraccionados. Impuesto sobre Sociedades. Régimen consolidación fiscal • Modelo: 222

 

 Hasta el día 26

 

RENTA, SOCIEDADES Y NO RESIDENTES CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE
Retenciones e ingresos a cuenta

  • Noviembre 2014. Grandes empresas. Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128

(Volumen de ingresos superior a 6.010.121,04 euros)
 

 

NO RESIDENTES SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE
Retenciones e ingresos a cuenta

 

  • Noviembre 2014. Grandes empresas. Modelos 117, 216

 

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

  • Grandes empresas. Noviembre 2014. Modelo 320
  • Grupo de entidades. Modelo individual. Noviembre 2014. Modelo 322
  • Autoliquidación mensual del IVA. Registro de devoluciones mensuales. Noviembre 2014. Modelo 330
  • Declaración de operaciones incluidas en los libros registro de IVA. Noviembre 2014. Modelo 340
  • Declaración resumen recapitulativo de operaciones con sujetos pasivos de la UE. Noviembre 2014. Modelo 349
  • Grupo de entidades. Modelo agregado. Noviembre 2014. Modelo 353

 

IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS

  • Actos Jurídicos Documentados. Documentos negociados por entidades colaboradoras. Noviembre 2014. Modelo 610

 

TRIBUTO SOBRE EL JUEGO

  • Máquinas recreativas. Cuarto trimestre 2014. Modelo 044

 

IMPUESTO SOBRE PRIMAS DE SEGURO

  • Noviembre 2014. Modelo 430

 

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN

  • Septiembre 2014. Grandes empresas. Modelos 561, 562, 563
  • Noviembre 2014. Todas las empresas. Modelos, 566, 581
  • Noviembre 2014. Grandes empresas. Modelo 560
  • Septiembre 2014. Grandes empresas (*). Modelos 554, 555, 556, 557, 558
  • Noviembre 2014. Todas las empresas (*). Modelos 570, 580

(*) Los destinatarios registrados,  destinatarios registrados ocasionales, representantes fiscales y receptores autorizados, utilizarán para todos los impuestos el modelo 510.

 

 Hasta el día 31

 

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

  • Opción o renuncia de la aplicación de la prorrata especial. Modelo 036
  • Régimen especial de agencias de viajes: alternativa entre el sistema global o el de operación por operación para determinación de bases imponibles. Opción o renuncia. Modelo 036
  • Comunicación de datos del régimen especial de grupo de entidades de IVA. Modelo 039

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Calendario de Bizkaia

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  MES DE DICIEMBRE
  Hasta el día 1

 

IMPUESTOS ESPECIALES

  • Modelo 583 - Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica.

 

OTROS

  • Modelo. 038 - Relación de operaciones realizadas por entidades inscritas en registros públicos. Constitución, establecimiento modificación o extinción inscritas durante el mes anterior en registros públicos.

 

 Hasta el día 22

 

SOCIEDADES

  • Modelo. 218 - Pago fraccionado a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los sujetos pasivos y contribuyentes que tengan la consideración de gran empresa.
  • Modelo. 222 - Pago fraccionado a cuenta del Impuesto sobre Sociedades para los grupos fiscales, incluidos los de cooperativas que tributen por el régimen fiscal especial.

 

 Hasta el día 26

 

IMPUESTOS ESPECIALES

  • Modelo. 510 - Declaración de operaciones de recepción del resto de UE.
  • Modelo. 548 - Declaración informativa de cuotas repercutidas de los Impuestos especiales de Fabricación.
  • Modelo. 553 - Declaración de operaciones en fabricas y depósitos fiscales de vinos y bebidas fermentadas.
  • Modelo. 554 - Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de alcohol.
  • Modelo. 555 - Declaración de operaciones para el Impuesto de productos intermedios en fábricas y depósitos fiscales de productos intermedios.
  • Modelo. 557 - Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de bebidas derivadas.
  • Modelo. 558 - Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de cerveza.
  • Modelo. 560 - Declaración-liquidación del Impuesto sobre la electricidad.
  • Modelo. 561 - Declaración-liquidación del Impuesto sobre la Cerveza.
  • Modelo. 562 - Declaración-liquidación del Impuesto sobre productos intermedios.
  • Modelo. 563 - Declaración-liquidación del Impuesto sobre el alcohol y bebidas derivadas.
  • Modelo. 564 - Declaración-liquidación del Impuesto sobre Hidrocarburos.
  • Modelo. 566 - Declaración-liquidación del Impuesto sobre labores del tabaco.
  • Modelo. 570 - Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de hidrocarburos.
  • Modelo. 580 - Declaración de operaciones en fábrica y depósitos fiscales de labores de tabaco.
  • Modelo. 581 - Autoliquidación del Impuesto sobre Hidrocarburos.

 

IVA

  • Modelo. 303 - Autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • Modelo. 322 - Grupo de entidades. Modelo individual. Autoliquidación mensual del Impuesto sobre el Valor Añadido.
  • Modelo. 340 - Libros Contables
  • Modelo. 349 - Resumen de operaciones intracomunitarias.
  • Modelo. 353 - Grupo de entidades. Modelo agregrado. Autoliquidación mensual del Impuesto sobre el Valor Añadido.

 

JUEGO

  • Modelo. 043-G - Recargo de la tasa sobre el juego para máquinas o aparatos automáticos.
  • Modelo. 043-M - Declaración-Liquidación. Tasa Fiscal sobre el Juego. Máquinas o aparatos automáticos.

 

PRIMAS DE SEGURO

  • Modelo. 430 - Declaración-liquidación del Impuesto sobre Primas de Seguro.

 

RETENCIONES

  • Modelo. 111 - Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, sobre rendimientos del trabajo, de determinadas actividades económicas y de premios.
  • Modelo. 115 - Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos procedentes del arrendamiento de bienes inmuebles urbanos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
  • Modelo. 117 - Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las Instituciones de Inversión Colectiva, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
  • Modelo. 123 - Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas y rendimientos del capital mobiliario, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
  • Modelo. 124 - Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas y rendimientos del capital mobiliario derivados de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización de capital es ajenos, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y sobre la Renta de No Residentes.
  • Modelo. 126 - Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas y rendimientos explícitos del capital mobiliario obtenidos de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y sobre la Renta de No Residentes.
  • Modelo. 128 - Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas y rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez a efectos de lo dispuesto en el Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y sobre la Renta de No Residentes.
  • Modelo. 216 - Declaración-Liquidación de retenciones a no residentes sin establecimiento permanente.

 

TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y A.J.D

  • Modelo. 610 - Pago en metálico de AJD por documentos negociados por entidades de crédito.
  • Modelo. 615 - Pago en metálico del impuesto que grava la emisión de documentos que llevan aparejada acción cambiaria o sean endosables a la orden.

 

 Hasta el día 31

 

IVA

  • Modelo. 039 - Declaración censal de comunicación de datos relativa al régimen especial del grupo de entidades en el Impuesto sobre el Valor Añadido.

 

OTROS

  • Modelo. 036 - Declaración censal de alta, modificaciones y baja en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.
  • Modelo. 038 - Relación de operaciones realizadas por entidades inscritas en registros públicos. Constitución, establecimiento modificación o extinción inscritas durante el mes anterior en registros públicos.

 

 

Legislación

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NORMATIVA TRIBUTARIA CORRESPONDIENTE AL MES DE SEPTIEMBRE DE 2014

ORGANIZACIÓN

  • RESOLUCIÓN de 9 de septiembre de 2014, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece la estructura del área de recursos humanos y gestión económica de la organización territorial de la Agencia (BOE de 23 de septiembre de 2014).
  • REAL DECRETO 802/2014, de 19 de septiembre, por el que se modifican el Real Decreto 390/1998, de 13 de marzo, por el que se regulan las funciones y la estructura orgánica de las Delegaciones de Economía y Hacienda; el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales; el Real Decreto 199/2012, de 23 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia; el Real Decreto 256/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y el Real Decreto 696/2013, de 20 de septiembre, de modificación del anterior (BOE de 26 de septiembre de 2014).
     

PROCEDIMIENTO DE GESTION E INSPECCION

  • RESOLUCIÓN de 24 de septiembre de 2014, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se publica el tipo de interés efectivo anual para el cuarto trimestre natural del año 2014, a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros (BOE de 30 de septiembre de 2014).
     

PROCEDIMIENTO DE RECAUDACION

  • RESOLUCIÓN de 11 de septiembre de 2014, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 3 de junio de 2009, sobre asistencia a los obligados tributarios y ciudadanos en su identificación telemática ante las entidades colaboradoras con ocasión de la tramitación de procedimientos tributarios y, en particular, para el pago de deudas por el sistema de cargo en cuenta o mediante la utilización de tarjetas de crédito o débito (BOE de 17 de septiembre de 2014).
     

IMPUESTO SOBRE LA RENTA.

  • ORDEN HAP/1608/2014, de 4 de septiembre, por la que se aprueba el modelo 187, de declaración informativa de acciones o participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva y del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, en relación con las rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de esas acciones o participaciones y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación (BOE de 10 de septiembre de 2014).
     
  • ORDEN HAP/1732/2014, de 24 de septiembre, por la que se modifican la Orden EHA/3012/2008, de 20 de octubre, por la que se aprueba el modelo 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas, así como los diseños físicos y lógicos y el lugar, forma y plazo de presentación; y la Orden de 20 de noviembre de 2000, por la que se aprueban los modelos 115, en pesetas y en euros, de declaración-documento de ingreso, los modelos 180, en pesetas y en euros, del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, correspondiente a establecimientos permanentes, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores del citado modelo 180 por soportes directamente legibles por ordenador y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática (BOE de 26 de septiembre de 2014).
     

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

  • ORDEN HAP/1608/2014, de 4 de septiembre, por la que se aprueba el modelo 187, de declaración informativa de acciones o participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva y del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, en relación con las rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de esas acciones o participaciones y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación (BOE de 10 de septiembre de 2014)
     
  • ORDEN HAP/1732/2014, de 24 de septiembre, por la que se modifican la Orden EHA/3012/2008, de 20 de octubre, por la que se aprueba el modelo 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas, así como los diseños físicos y lógicos y el lugar, forma y plazo de presentación; y la Orden de 20 de noviembre de 2000, por la que se aprueban los modelos 115, en pesetas y en euros, de declaración-documento de ingreso, los modelos 180, en pesetas y en euros, del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, correspondiente a establecimientos permanentes, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores del citado modelo 180 por soportes directamente legibles por ordenador y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática (BOE de 26 de septiembre de 2014).
     

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES

  • ORDEN HAP/1608/2014, de 4 de septiembre, por la que se aprueba el modelo 187, de declaración informativa de acciones o participaciones representativas del capital o del patrimonio de las instituciones de inversión colectiva y del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, en relación con las rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de esas acciones o participaciones y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación (BOE de 10 de septiembre de 2014).
     
  • ORDEN HAP/1732/2014, de 24 de septiembre, por la que se modifican la Orden EHA/3012/2008, de 20 de octubre, por la que se aprueba el modelo 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas, así como los diseños físicos y lógicos y el lugar, forma y plazo de presentación; y la Orden de 20 de noviembre de 2000, por la que se aprueban los modelos 115, en pesetas y en euros, de declaración-documento de ingreso, los modelos 180, en pesetas y en euros, del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, correspondiente a establecimientos permanentes, así como los diseños físicos y lógicos para la sustitución de las hojas interiores del citado modelo 180 por soportes directamente legibles por ordenador y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática (BOE de 26 de septiembre de 2014).
     

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

  • ORDEN HAP/1751/2014, de 29 de septiembre, por la que se aprueba el formulario 034 de "Declaración de inicio, modificación o cese de operaciones comprendidas en los regímenes especiales aplicables a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica en el Impuesto sobre el Valor Añadido" y se regulan distintos aspectos relacionados con el mismo (BOE de 30 de septiembre de 2014).
     

TASAS, PRECIOS PUBLICOS Y CONTRIBUCIONES ESPECIALES.

  • ORDEN PRE/1597/2014, de 5 de septiembre, por la que se establecen las cuantías y se dictan normas sobre la gestión y el cobro de la tasa por suministro de información ambiental en el ámbito de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos (BOE de 9 de septiembre de 2014).
     
  • RESOLUCIÓN de 1 de septiembre de 2014, de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, por la que se establece el procedimiento y las condiciones para el pago a través de entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria y por vía telemática de la tasa prevista en el artículo 107 de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios (BOE de 9 de septiembre de 2014).
     

OTRAS DISPOSICIONES DE INTERES

  • REAL DECRETO-LEY 11/2014, de 5 de septiembre, de medidas urgentes en materia concursal (BOE de 6 de septiembre de 2014).
     
  • LEY 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa (BOE de 17 de septiembre de 2014).
     

HACIENDAS LOCALES

  • ORDEN HAP/1750/2014, de 29 de septiembre, por la que se establece la relación de municipios a los que resultarán de aplicación los coeficientes de actualización de los valores catastrales que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2015 (BOE de 30 de septiembre de 2014).
     

COMUNIDADES AUTONOMAS

Canarias

  • ORDEN de 25 de agosto de 2014, por la que se modifica el plazo de presentación del modelo 460 de autoliquidación del Impuesto sobre las Labores del Tabaco relativa al período de liquidación mensual correspondiente al mes de julio (BOCA de 3 de septiembre de 2014).
     
  • ORDEN de 25 de agosto de 2014, por la que se establecen los supuestos y condiciones de la colaboración social en la aplicación de los tributos en el ámbito de la Administración Tributaria Canaria (BOCA de 3 de septiembre de 2014).
     

Cantabria

  • ORDEN HAC/46/2014, de 22 de septiembre, por la que se aprueban los modelos 650 WEB Autoliquidación Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, modalidad Sucesiones, 651 WEB Autoliquidación Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, modalidad Donaciones, 652 WEB Declaración-Liquidación de Consolidación de Dominio por Extinción de Usufructo, 660 WEB Declaración Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, modalidad Sucesiones y 661 WEB Declaración Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, modalidad Donaciones, para su utilización en las declaraciones, autoliquidaciones y declaraciones-liquidaciones que se practiquen a través de la página Web de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria (BOC de 30 de septiembre de 2014).
     

Cataluña

  • DECRETO 126/2014, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento del impuesto sobre los depósitos en las entidades de crédito y de modificación del Reglamento del impuesto sobre sucesiones y donaciones, aprobado por el Decreto 414/2011, de 13 de diciembre (DOGC de 25 de septiembre de 2014).
     
  • ORDEN ECO/285/2014, de 26 de septiembre, por la que se aprueba el modelo de autoliquidación 960 (DOGC de 29 de septiembre de 2014).
     

Murcia

  • DECRETO 204/2014, de 19 de septiembre, por el que se regula el procedimiento y se establece el modelo de comunicación previa para la aplicación de las deducciones autonómicas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por inversión en entidades (BORM de 23 de septiembre de 2014).
     
  • DECRETO-LEY 3/2014, de 26 de septiembre, por el que se modifican la Ley 2/2012, de 11 de mayo, para la regulación del régimen de presupuestación y control en la Región de Murcia de las ayudas concedidas para reparar los daños causados por los movimientos sísmicos en Lorca y la Ley 5/2011, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales Extraordinarias para el municipio de Lorca como consecuencia del Terremoto del 11 de mayo de 2011 (BORM de 29 de septiembre de 2014).
     

REGIMENES ESPECIALES POR RAZON DEL TERRITORIO

Régimen Foral de Navarra

  • ORDEN FORAL 235/2014, de 28 de julio, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo de la Comunidad Foral de Navarra, por la que se aprueba el modelo 309 “Impuesto sobre el Valor Añadido. Declaración-liquidación no periódica” (BON de 16 de septiembre de 2014).
     

Régimen de Concierto con el País Vasco

Normas del Territorio Histórico de Alava

  • ORDEN FORAL 565/2014, de 17 de septiembre, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos del Territorio Histórico de Álava, de aprobación del Modelo 20R, comunicación de la opción para la aplicación del régimen fiscal especial de fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores, cesiones globales del activo y del pasivo y cambio de domicilio social de una sociedad europea o una sociedad cooperativa europea de un estado miembro a otro de la Unión Europea (BOTHA de 26 de septiembre de 2014).

 

 

NORMATIVA TRIBUTARIA CORRESPONDIENTE AL MES DE OCTUBRE DE 2014

 

ORGANIZACIÓN

  • RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2014, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se delegan determinadas competencias en el titular de la Subdirección General de Gestión Aduanera (BOE de 13 de octubre de 2014).
     
  • ORDEN HAP/1953/2014, de 15 de octubre, por la que se aprueba la política de seguridad de la información en el ámbito de la administración electrónica del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (BOE de 27 de octubre de 2014).
     
  • RESOLUCIÓN de 22 de octubre de 2014, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se modifica la de 18 de mayo de 2010, en relación con el registro y gestión de apoderamientos y el registro y gestión de las sucesiones y de las representaciones legales de menores e incapacitados para la realización de trámites y actuaciones por internet ante la Agencia Tributaria (BOE de 30 de octubre de 2014).
     

PROCEDIMIENTO DE GESTION E INSPECCION

  • ORDEN HAP/1846/2014, de 8 de octubre, por la que se modifica la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria (BOE de 10 de octubre de 2014).
     

IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS

  • LEY 17/2014, de 30 de septiembre, por la que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial (BOE de 1 de octubre de 2014).
     

TASAS, PRECIOS PUBLICOS Y CONTRIBUCIONES ESPECIALES.

  • LEY 16/2014, de 30 de septiembre, por la que se regulan las tasas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (BOE de 1 de octubre de 2014).
     

INCENTIVOS FISCALES Y FINANCIEROS, REGIMENES ESPECIALES Y ESTATUTOS FISCALES.

  • LEY 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia (BOE de 17 de octubre de 2014).
     

COMUNIDADES AUTONOMAS

Aragón

  • ORDEN de 15 de septiembre de 2014, del Consejero de Hacienda y Administración Pública, por la que se regula el ejercicio del derecho de los obligados tributarios a la información y asistencia por la Administración Tributaria en lo relativo a las consultas tributarias escritas (BOA de 9 de octubre de 2014 y corrección de errores de 15 de octubre).
     

Asturias

  • DECRETO LEGISLATIVO 2/2014, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos cedidos por el Estado (BOPA de 29 de octubre de 2014).
     

Canarias

  • LEY 7/2014, de 30 de julio, de la Agencia Tributaria Canaria (BOE de 1 de octubre de 2014).
  • LEY 5/2014, de 25 de julio, de Fomento y Consolidación del Emprendimiento, el Trabajo Autónomo y las Pymes en la Comunidad Autónoma de Canarias (BOE de 1 de octubre de 2014).
  • ORDEN de 7 de octubre de 2014, por la que se modifica la Orden de 30 de junio de 2006, que regula el requisito de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC de 15 de octubre de 2014).
  • ORDEN de 15 de octubre de 2014, por la que se aprueba el modelo 800 de ingresos de derechos económicos de naturaleza no tributaria, y se modifican la Orden de 27 de mayo de 2010, por la que se establece el procedimiento de ingreso a través de entidades de depósito de las deudas tributarias gestionadas a través de la aplicación M@GÍN y se modifica la Orden de 24 de mayo de 1999, sobre colaboración de las entidades de depósito en la gestión recaudatoria, y la Orden de 12 de julio de 2006, por la que se regulan determinadas actuaciones en relación a la recaudación de los derechos económicos de naturaleza pública exigidos por las diferentes Consejerías integrantes de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOCA de 22 de octubre de 2014).
     

Cataluña

  • ORDEN JUS/303/2014, de 13 de octubre, por la que se establecen el procedimiento y los plazos de autoliquidación de la tasa por la prestación de servicios personales y materiales en el ámbito de la Administración de justicia en los supuestos a que hace referencia el apartado 1 del artículo 3 bis.1.1, del Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2008, de 25 de junio (DOGC de 15 de octubre de 2014).
  • LEY 12/2014, de 10 de octubre, del impuesto sobre la emisión de óxidos de nitrógeno a la atmósfera producida por la aviación comercial, del impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera producida por la industria y del impuesto sobre la producción de energía eléctrica de origen nuclear (DOGC de 17 de octubre de 2014).
     

Madrid

  • DECRETO 116/2014, de 9 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda. (BOCM de 10 de octubre de 2014)
     

REGIMENES ESPECIALES POR RAZON DEL TERRITORIO

Régimen Foral de Navarra

  • DECRETO FORAL 88/2014, de 24 de septiembre, de la Comunidad Foral de Navarra, por el que se aprueban los nuevos Estatutos del Organismo Autónomo Hacienda Tributaria de Navarra. (BON de 8 de octubre de 2014)
     

Régimen de Concierto con el País Vasco

Normas del Territorio Histórico de Alava

  • Decreto Foral 51/2014, del Consejo de Diputados de 14 de octubre, que aprueba las normas técnicas de valoración y el cuadro-marco de valores del suelo y construcciones para la determinación del valor catastral de los bienes inmuebles de naturaleza urbana. (BOTHA de 22 de octubre de 2014)
     

Normas del Territorio Histórico de Guipúzcoa

  • DECRETO FORAL 33/2014, de 14 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento por el que se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales. (BOG de 17 de octubre de 2014)
     
  • ORDEN FORAL 553/2014, de 20 de octubre, por la que se determinan los sectores de actividad en los que es aplicable el sistema de «terminal fiscal» definido para el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y las condiciones para su aplicación. (BOG de 22 de octubre de 2014)
     

Normas del Territorio Histórico de Vizcaya

  • DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 111/2014, de 7 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de Estructura Orgánica del Departamento de Hacienda y Finanzas. (BOB de 9 de octubre de 2014)