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Aunque todavía se encuentra pendiente de aprobación definitiva, el pasado mes de julio se hizo  público un Proyecto de Real Decreto por el que se modifican varias normas reglamentarias, entre las que se encuentran las modificaciones al Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, cuya entrada en vigor está prevista para el día siguiente al de su publicación en el BOE, excepto las relativas al régimen especial del criterio de caja, que entrarán en vigor el 1 de enero de 2014.  

Estas modificaciones reglamentarias  se producen por la necesidad de adaptar el Reglamento a las numerosas modificaciones que ha sufrido la Ley del impuesto por diversas normas, adaptación que resulta obligada, fundamentalmente, en los siguientes casos:

  • Se suprime la exigencia legal de solicitud de autorización previa por la Administración Tributaria del requisito para la aplicación de determinadas exenciones.
  • La regulación de los nuevos supuestos de inversión del sujeto pasivo, previstos en las letras e) y f) del art. 84.Uno.2º de la Ley del IVA que obliga a desarrollar normas relativas a su aplicación, como la regulación de las comunicaciones entre los empresarios y destinatarios intervinientes en las operaciones afectadas por la inversión del sujeto pasivo.
  • La regulación de la obligación de presentar dos declaraciones-liquidaciones, dividiendo el periodo normal de declaración en dos periodos según se trate de hechos imponibles anteriores o posteriores al auto de declaración de concurso que se efectúa en el art. 71 del Reglamento, de acuerdo con la previsión contenida en el art. 99.Cinco de la Ley del IVA.

Además de lo anterior, se introducen otras modificaciones del Reglamento del IVA  para revisar los artículos relativos a las exenciones ligadas a operaciones aduaneras.

Un tercer grupo de modificaciones se refiere al ámbito de la modificación de las bases imponibles entre las que destacamos las siguientes:

  • En virtud de lo dispuesto en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 26 de enero de 2012, dictada en el asunto C-588/10, Kraft Foods Polska SA, la modificación de la base imponible queda condicionada a la expedición y remisión de la factura rectificativa, exigiendo al sujeto pasivo la acreditación de la remisión de la misma al destinatario, con libertad de medios, para no obstaculizar la facilidad que existe actualmente de utilización de medios electrónicos.
  • Se incorpora la obligación de que las facturas rectificativas emitidas al amparo del artículo 80.Tres de la Ley del Impuesto sean también remitidas a las administraciones concursales, órganos que en definitiva tienen entre sus funciones el reconocimiento de los créditos en el concurso.
  • Se elimina de los documentos que deben presentarse en la Agencia Tributaria acompañando a la comunicación de modificación de base imponible, la copia del auto judicial de declaración de concurso.
  • En relación con la modificación de la base imponible en caso de concurso del destinatario de las operaciones, hay que prever que en ocasiones, el destinatario-concursado de las operaciones no tiene derecho a la deducción total del impuesto, de manera que, cuando el proveedor rectifica la factura en base al artículo 80.tres, el referido destinatario se convierte en deudor del impuesto por la parte no deducible, de acuerdo con el artículo 80.cinco.5ª de la Ley del Impuesto. Puesto que dicho ajuste no deriva de una rectificación de deducciones, se debe aclarar el periodo de liquidación en que debe realizarse dicho ajuste, que será el correspondiente a la declaración liquidación relativa a hechos imponibles anteriores. En dicha declaración-liquidación deben incluirse también los ajustes derivados de aquellos supuestos en que el periodo de liquidación en que debería efectuarse la rectificación estuviera prescrito.
  • Se establece que la obligación de comunicación de las modificaciones de bases imponibles, tanto para el acreedor como para el deudor de los correspondientes créditos o débitos tributarios, deba realizarse por medios electrónicos, en un formulario específico diseñado por la Agencia Tributaria, disponible en su sede electrónica.

También se introducen modificaciones con el objetivo de desarrollar el nuevo régimen especial del criterio de caja -cuya aprobación está prevista en la Ley de Emprendedores-, concretamente en lo que respecta al ejercicio de la inclusión y la renuncia al régimen, ésta última con efectos para un período mínimo de tres años. De este modo, se prevé la exclusión del régimen especial en los siguientes casos:

  • Cuando el volumen de operaciones durante el año natural que realice el sujeto pasivo supere los 2.000.000 de euros,
  • Cuando el total de cobros en efectivo que realice respecto de un mismo destinatario durante el año natural supere los 100.000 euros.

Dicha exclusión tendrá efecto en el año inmediato posterior a aquél en que se superan dichos límites.
Asimismo, se amplía la información a suministrar en los libros registroS generales, para incorporar las referencias a las fechas de cobro o pago y del medio utilizado, para los sujetos pasivos acogidos al régimen especial del criterio de caja, así como a los no acogidos pero que resulten ser destinatarios de operaciones afectadas por el mismo.
Otras modificaciones:

  • Se modifica el plazo de presentación de las autoliquidaciones del IVA, eliminando la excepción existente para la liquidación del mes de julio, que se ingresará por los obligados tributarios el día 20 de agosto en lugar del 20 de septiembre.
  • Se flexibiliza el ámbito objetivo de aplicación del tipo impositivo del 4 por ciento a la adquisición de vehículos para el transporte habitual de personas con movilidad reducida o con discapacidad en sillas de ruedas, por personas o entidades que presten servicios sociales de promoción de la autonomía personal y de atención a la dependencia.
  • Se  simplificación del procedimiento para el ejercicio de la opción por la aplicación de la regla de prorrata especial, permitiendo su ejercicio en la última declaración-liquidación del impuesto correspondiente a cada año natural, con la excepción de los supuestos de inicio de la actividad o de sector diferenciado, en que la opción para su aplicación se mantiene en la declaración-liquidación correspondiente al período en el que se produzca dicho inicio; el ejercicio de dicha opción vincula al sujeto pasivo durante tres años naturales, considerando como primer año natural el correspondiente al que se refiere la opción ejercitada.
  • Se procede a adaptar las referencias del Reglamento del impuesto a las modificaciones habidas en materia de facturación, tras la entrada en vigor del nuevo Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.

A parte de estas modificaciones en el Reglamento del IVA, el Proyecto de Real Decreto de referencia modifica otros reglamentos como el Reglamento de Revisión, el de Gestión e Inspección o el de Facturación. Entre estas modificaciones destacan las modificaciones concernientes a la obligación de declaración de operaciones con terceras personas:

  • Se incluyen como obligados a presentar la declaración las comunidades de bienes en régimen de propiedad horizontal así como determinadas entidades o establecimientos de carácter social, con determinadas excepciones.
  • Los sujetos pasivos acogidos al régimen simplificado del IVA deberán suministrar información de las operaciones por las que reciban factura y que estén anotadas en el Libro Registro de facturas recibidas.
  • Respecto a las operaciones a las que resulte de aplicación el régimen especial del criterio de caja, se exige que se declaren los importes efectivamente cobrados o pagados así como los importes que se devenguen a 31 de diciembre. Estas operaciones deberán constar separadamente en la declaración de operaciones con terceras personas y, se consignarán en la declaración del año natural en que se hagan efectivos dichos importes.
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Modificación del Reglamente del IS por el Real Decreto 633/2013, de 2 de agosto de 2013
A partir del 1-9-2013 Se suprime la obligación de practicar retención sobre las rentas obtenidas por los sujetos pasivos del IS procedentes de activos financieros negociados en el Mercado Alternativo de Renta Fija. De esta forma se equipara el tratamiento fiscal de las rentas obtenidas por los inversores en el Mercado Alternativo de Renta Fija y las del régimen general aplicable a los mercados secundarios oficiales.


El TC declara acorde a la Constitución el régimen sancionador de las operaciones vinculadas
La Sentencia del Tribunal Constitucional de 11 de julio de 2013, declara la constitucionalidad de la tipificación y el régimen sancionador previstos por el TRLIS en relación con el incumplimiento de la obligación de documentación de las operaciones vinculadas. Recordemos que la cuestión de inconstitucionalidad fue planteada por el Tribunal Supremo a partir  de un recurso formulado por el Consejo Superior de Colegios Oficiales de Titulares Mercantiles, en el que se planteaban la posible inconstitucionalidad de los apartados 2 y 10 del artículo 16 del del Texto Refundido de la LIS por la posible vulneración de los principios de legalidad sancionadora y de proporcionalidad que establece las Constitución. Pues bien, el TC establece en esta sentencia que la regulación del régimen sancionador de las operaciones vinculadas no vulnera dichos principios constitucionales, por lo que no será necesario un cambio normativo.


El Ministro de Hacienda defiende la creación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal

El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro ha defendido el proyecto de Ley Orgánica para la creación de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIRF), una institución independiente y con autonomía funcional “que garantizará el cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera”.
Las funciones de esta Autoridad serán esencialmente las tres que recomienda la Comisión Europea: análisis, recomendaciones y seguimiento de la política fiscal. En el desarrollo de sus funciones elaborará informes en los casos previstos en la Ley. Si la Administración destinataria del informe se aparta de las recomendaciones en él contenidas deberá motivarlo e incorporar dicho informe en el expediente. También podrá formular opiniones a iniciativa propia sobre las materias previstas en la Ley. Conforme al principio de transparencia sus informes y opiniones serán públicos y motivados.


La Dirección General de Tributos se pronuncia sobre la tributación de la dación en pago

La entrega a una entidad financiera del mismo inmueble que originó la deuda, en los supuestos en los que este tiene un valor inferior al importe de la deuda pendiente, no tributa en el Impuesto sobre sucesiones y donaciones, al carecer dicha operación de “animus donandi”. Así lo ha manifestado la DGT en un informe de 9 de mayo de 2013, al asegurar que dicha operación únicamente está sujeta al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Onerosas por el concepto de adjudicación en pago de deudas, siendo sujeto pasivo la entidad adquirente y no el transmitente.


En los procesos concursales en los que se transmiten inmuebles con anterioridad a la fase de liquidación de la sociedad también opera la regla de la inversión del sujeto pasivo

Así lo ha manifestado el TJUE, en sentencia de fecha de 13 de junio de 2013, en lo referente a la inversión del sujeto pasivo el supuesto de entregas de bienes inmuebles efectuadas como consecuencia de un proceso concursal, contemplado en el art. 84 de la Ley del IVA. Así, interpreta el Tribunal que el concepto de “procedimiento obligatorio de liquidación”, al que se refiere artículo 199, apartado 1, letra g), de la Directiva 2006/112, engloba cualquier venta de un bien inmueble realizada por el deudor de un crédito ejecutivo no sólo en el marco de un proceso de liquidación del patrimonio de éste, sino también en el marco de un proceso concursal anterior a tal procedimiento de liquidación, siempre y cuando la citada venta sea necesaria para satisfacer a los acreedores o reanudar la actividad económica o profesional de dicho deudor.

El TS se plantea la inconstitucionalidad de la bonificación por parentesco regulada en el ISD por adquisición mortis causa en la Comunidad Valenciana
El Tribunal Supremo ha planteado Cuestión de inconstitucionalidad respecto del art. 12.bis de la Ley 13/1997 de la Comunidad Valenciana por vulneración de los arts. 14, 31.1 y 139.1 de la Constitución. El art. 12 bis de la Ley 13/1997, en la redacción dada por la Ley 10/2006, establece una bonificación en la cuota del 99% aplicable a las adquisiciones mortis causa por razón de parentesco de la que se pueden beneficiar únicamente los sujetos pasivos residentes en la Comunidad Valenciana. De modo que este beneficio fiscal no es aplicable a los sujetos pasivos no residentes en dicha comunidad autónoma pese a que la relación de unos y otros con el causante sea la misma y que parte del caudal hereditario que le corresponda pueda ser igual. Entiende el Tribunal que el tratamiento desigual en la bonificación fiscal que deriva del elemento de la residencia, no responde a ningún fin constitucionalmente legítimo, y que por tanto, al introducir tal elemento diferencial en la regulación del beneficio, se vulneran los arts. 14 y 31.1 CE.

La AEAT podría sancionar la inclusión en el modelo 720 de bienes y derechos respecto de los cuales no existe obligación de declarar
La DGT, en consulta vinculante número 1835-13, de 4 de junio, establece que la mera incorporación a la declaración de bienes que no hubieran debido declararse podría determinar la existencia de una información cuando menos inexacta que podría constituir, eventualmente, infracción tributaria, debiéndose evaluar en cada caso en concreto  sin concurren los elementos objetivos y subjetivos para determinar la existencia de infracción.

La Audiencia Nacional plantea cuestión de inconstitucionalidad de la ley de tasas judiciales
Según la Audiencia Nacional la exigencia de una tasa es constitucional, lo que no puede ser constitucional es que el pago de dicha tasa condicione la posibilidad de acceder a la jurisdicción y la posibilidad de obtener la tutela judicial. Los magistrados entienden igualmente que la ley de tasas no tiene en cuenta la proporcionalidad que debe regir entre el fin perseguido, como es la financiación de la Administración de Justicia y los principios de capacidad económica, igualdad, equidad y justicia que debe presidir todo sistema tributario, tal y como señala el artículo 31 de la Constitución.

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El recorte de fondos atrasa el sistema de I+ D+ i a niveles de 2005
Cinco Días (12/07/13). Administraciones y empresas han recortado de forma masiva los fondos para I+D+i desde que se inició la crisis. Especialmente significativo es el ajuste en el sector público, con una caída del 38% en seis años, según denunció ayer la Fundación Cotec. Una encuesta a 150 expertos revela que la merma de recursos, que ha retrasado el sistema a niveles de inversión de 2005, aún no ha tocado fondo. El empleo privado ha caído un 1% anual desde 2008 y hay un 36%menos de firmas innovadoras

Bruselas suaviza la multa al sector naval
El Economista (18/07/13). Tras semanas de presión y campaña intensa por parte del gobierno de Mariano Rajoy y el sector naval, la Comisión Europea hizo público ayer su dictamen sobre las bonificaciones derivadas del tax lease en España. Al final, la propuesta del comisario de Competencia, Joaquín Almunia, consiguió ser rebajada, estableciendo que tienen que devolverse las ayudas a partir del 17 de abril de 2007 hasta 2011, pero continúa siendo un revés importante para el sector.

Los expertos de Montoro quieren rebajar el IRPF a las clases medias
Expansión (29/07/13).El grupo de fiscalistas que ayuda al Gobierno para la reforma fiscal de 2014, liderados por el catedrático Manuel Lagares, tiene como una de sus prioridades la revisión del IRPF de clases medias y bajas. Entre otras cuestiones, abogan por volver al sistema de mínimos familiares anteriores al año 2006, lo que permitiría bajar el tipo.

La Audiencia plantea que las tasas de Gallardón son inconstitucionales
El Mundo (02/08/13). La Audiencia Nacional ha planteado en una resolución la posible inconstitucionalidad de la Ley de Tasas impulsada por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, porque entiende que las cuantías establecidas, sin tener en cuenta la capacidad económica del ciudadano, vulnerarían el principio de igualdad y que la exigencia de pago por adelantado quebrantaría el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva. De manera muy significativa, la Fiscalía se ha posicionado ya a favor de elevar una cuestión de inconstitucionalidad, lo que previsiblemente se acordará en las próximas semanas.

El negocio de ser Británico
El Norte de Castilla (11/08/13). Mantener su identidad británica le sale muy rentable a Gibraltar. Al menos en el aspecto económico. La colonia goza de unos privilegios fiscales que muy difícilmente llegaría a conservar en el caso de reintegrarse alguna vez en España. Las ventajas que aporta su laxa legislación son tales que desde España son constantes las acusaciones que definen al Peñón como un auténtico paraíso fiscal.

El impuesto a las transacciones financieras podría ahogar el crédito
Expansión (17/08/13). La propuesta de Europa de un impuesto sobre las operaciones financieras está provocando algo más que consternación entre los que tienen algo que ver con el sector europeo de prestación de valores. El impuesto propuesto acabará con el 65 por ciento de la actividad prestataria en Europa y reducirá los 3.000 millones de euros anuales en ingresos extraordinarios que ganan los propietarios de activos a largo plazo, como los fondos de pensiones y los fondos de inversión, en más de 2.000 millones de euros, según la Sociedad Internacional de Prestación de Títulos (Isla).

Rajoy exige a Barroso que la UE controle el blanqueo de capitales en Gibraltar
ABC (20/08/13). El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, reclamó ayer al presidente de la Comisión Europea, José Manuel Durao Barroso, que la UE verifique y controle que la actividad económica en Gibraltar no vulnere la normativa europea relativa a blanqueo de dinero, contrabando y fiscalidad, según un comunicado difundido por Moncloa. Rajoy hizo tal demanda a Barroso, cuando este le telefoneó para darle cuenta de la conversación que tuvo el viernes pasado con el primer ministro británico. Entonces, David Cameron le pidió el envío urgente de observadores europeos al paso fronterizo de Gibraltar, donde desde hace cuatro semanas, se producen con frecuencia largas colas de vehículos a causa de los controles aduaneros españoles.

El impuesto a la Lotería sólo recauda el 15% de lo previsto para este año
La Gaceta de los Negocios (23/08/13). La política recaudatoria del Gobierno no está saliendo todo lo bien que esperaban los miembros del Ejecutivo. Lo último ha sido el Impuesto sobre los premios de Lotería que entró en vigor el pasado 1 de enero. El Ministerio de Hacienda sólo ha recaudado hasta junio el 14,8% de los 824 millones de euros que estimaba se podrían ingresar este año por este concepto. Así se recoge en el Informe Mensual de Recaudación Tributaria de junio de 2013 que ha publicado la Agencia Tributaria (AEAT), y que recoge Europa Press.

Privatizaciones y más impuestos en las cinco autonomías incumplidoras
Expansión (27/08/13). Son los patitos feos de las finanzas regionales. Cinco comunidades autónomas no lograron alcanzar en 2012 el límite de déficit permitido, y por ello están obligadas a presentar planes de ajuste adicionales para que Hacienda crea en su compromiso con el equilibrio. Comunidad Valenciana, Murcia, Andalucía, Cataluña y Baleares fían el nuevo esfuerzo para este año en importantes privatizaciones y subidas de impuestos, dejando nuevos recortes del gasto en segundo plano, según los planes económico- financieros entregados justo antes del Consejo de Política Fiscal y Financiera que fijó los límites de déficit individualizado el pasado 31 de julio.

La tasa de Sociedades primará a las empresas que generen empleo
Deia (30/09/13). La portavoz del PSE, Idoia Mendía, reconoció ayer que el pacto fiscal con el PNV está a punto de cerrar ya que solo faltan algunos flecos sobre el papel del Parlamento Vasco en esta materia y sobre algunas cuestiones tributarias que principalmente afectan al Impuesto de Sociedades. La dirigente socialista avanzó algunas líneas detalles sobre cómo quedará este tributo y reveló que primará las empresas que mantengan y creen empleo, y las que inviertan en investigación, desarrollo e innovación

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MES DE OCTUBRE
Hasta el 21

RENTA Y SOCIEDADES
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
• Septiembre 2013. Grandes empresas. Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126 y 128.
• Tercer trimestre 2013. Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126 y 128

Pagos fraccionados Renta
• Tercer trimestre 2013:
-Estimación directa. Modelo 130
-Estimación objetiva. Modelo 131

Pagos fraccionados sociedades y establecimientos permanentes de no residentes
• Ejercicio en curso:
-Régimen general. Modelo 202
-Régimen de consolidación fiscal (grupos fiscales). Modelo 222

IVA
• Septiembre 2013. Régimen general. Autoliquidación. Modelo 303
• Septiembre 2013. Grupo de entidades, modelo individual 322
• Septiembre 2013. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones. Modelo 340
• Septiembre 2013. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo 349
• Septiembre 2013. Grupo de entidades, modelo agregado 353
• Septiembre 2013. Operaciones asimiladas a las importaciones. Modelo 380
• Tercer trimestre 2013. Régimen general. Autoliquidación modelo 303
• Tercer trimestre 2013. Declaración-liquidación no periódica. Modelo 309
• Tercer trimestre 2013. Régimen simplificado. Modelo 310
• Tercer trimestre 2013. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo 349
• Tercer trimestre 2013. Servicios vía electrónica. Modelo 367
• Tercer trimestre 2013. Regímenes general y simplificado. Modelo 370
• Tercer trimestre 2013. Operaciones asimiladas a las importaciones. Modelo 380
• Solicitud de devolución recargo de equivalencia y sujetos pasivos ocasionales. Modelo 308
• Reintegro de compensaciones en el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca 341

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS
• Septiembre 2013. Modelo 430

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN
• Julio 2013. Grandes empresas (*). Modelos 553, 554, 555, 556, 557 y 558
• Julio 2013. Grandes empresas. Modelos 561, 562 y 563
• Septiembre 2013. Grandes empresas. Modelo 560
• Septiembre 2013. Modelos 566 y 581
• Septiembre 2013 (*). Modelos 570 y 580
• Tercer trimestre 2013. Modelos 521 y 522
• Tercer trimestre 2013. Actividades V1, V2, V7, F1, F2 553
• Tercer trimestre 2013. Excepto grandes empresas. Modelo 560
• Tercer trimestre 2013. Modelos 582 y 595
• Trimestre Solicitudes de devolución. Modelos 506, 507, 508, 524 y 572 (*) Los destinatarios registrados, destinatarios registrados ocasionales, representantes fiscales y receptores autorizados (grandes empresas), utilizarán para todos los impuestos el modelo 510.

 

Hasta el 31

NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL
• Tercer trimestre 2013. Cuentas y operaciones cuyos titulares no han facilitado el NIF a las entidades de crédito. Modelo 195

CUENTA CORRIENTE TRIBUTARIA
• Solicitud de inclusión para el año 2014 CCT La renuncia se deberá formular en el modelo de “solicitud de inclusión / comunicación de renuncia al sistema de cuenta corriente en materia tributaria”

 

MES DE NOVIEMBRE
Hasta el 5

RENTA
• Ingreso del segundo plazo de la declaración anual de 2012. Si se fraccionó el pago. Modelo 102.
Hasta el día 20

RENTA Y SOCIEDADES
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
• Octubre 2013. Grandes empresas. Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126 y 128

IVA
• Octubre 2013. Régimen general. Autoliquidación. Modelo 303
• Octubre 2013. Grupo de entidades, modelo individual 322
• Octubre 2013. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro del IVA e IGIC y otras operaciones. Modelo 340
• Octubre 2013. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo 349
• Octubre 2013. Grupo de entidades. Modelo agregado 353
• Octubre 2013. Operaciones asimiladas a las importaciones. Modelo 380

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGUROS
• Octubre 2013. Modelo 430

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN
• Agosto 2013. Grandes empresas (*). Modelos 553, 554, 555, 556, 557 y 558
• Agosto 2013. Grandes empresas. Modelo 561, 562 y 563
• Octubre 2013. Grandes empresas. Modelo 560
• Octubre 2013. Modelo 566 y 581
• Octubre 2013 (*). Modelos 570 y 580
• Tercer trimestre 2013. Excepto grandes empresas (*). Modelos 553, 554, 555, 556, 557 y 558
• Tercer trimestre 2013. Excepto grandes empresas. Modelos 561, 562 y 563
(*) Los destinatarios registrados, destinatarios registrados ocasionales, representantes fiscales y receptores autorizados (grandes empresas), utilizarán para todos los impuestos el modelo 510.

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CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE
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MES DE OCTUBRE
Hasta el día 21

IMPUESTO GENERAL INDIRECTO CANARIO
· Grandes Empresas. El correspondiente al mes de septiembre. Modelo 410.
· Régimen general devolución mensual.  El correspondiente al mes de septiembre. Modelo 411.
· Declaración ocasional.  El correspondiente al mes de septiembre. Modelo 412.
· Régimen especial del grupo de entidades.  El correspondiente al mes de septiembre. Modelo 418
· Régimen especial del grupo de entidades. El correspondiente al mes de septiembre. Modelo 419
· Régimen general.  El correspondiente al tercer trimestre. Modelo 420
· Régimen simplificado. El correspondiente al tercer trimestre. Modelo 421
· Solicitud de reintegro de compensaciones de sujetos pasivos acogidos al régimen especial de la agricultura y ganadería.  El correspondiente al tercer trimestre. Modelo 422

ARBITRIO SOBRE IMPORTACIONES Y ENTREGAS DE MERCANCÍAS EN LAS ISLAS CANARIAS
· Régimen general.  El correspondiente al tercer trimestre. Modelo 450.

TASA FISCAL SOBRE EL JUEGO
· Régimen general. El correspondiente al tercer trimestre. Modelo 044

IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS
· Pago en metálico del impuesto que graba los documentos negociados por Entidades Colaboradoras.  El correspondiente al mes de septiembre. Modelo 610.
· Pago en metálico del impuesto que graba la emisión de documentos que lleven aparejada acción cambiaria o sean endosables a la orden.  El correspondiente al mes de septiembre. Modelo 615.

IMPUESTO SOBRE LAS LABORES DEL TABACO
· Autoliquidación.  El correspondiente al mes de septiembre. Modelo 460
· Declaración de operaciones accesorias al modelo 460. El correspondiente al mes de septiembre. Modelo 461

 

Hasta el día 31

IMPUESTO ESPECIAL SOBRE COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL PETRÓLEO
· Declaración-Liquidación.  El correspondiente al mes de septiembre. Modelo 430


MES DE NOVIEMBRE

Hasta el día 20

IMPUESTO GENERAL INDIRECTO CANARIO

· Grandes Empresas.  El correspondiente al mes de octubre. Modelo 410.
· Régimen general devolución mensual. El correspondiente al mes de octubre. Modelo 411
· Declaración ocasional. El correspondiente al mes de octubre. Modelo 422
· Régimen especial del grupo de entidades.  El correspondiente al mes de octubre. Modelo 418
· Régimen especial del grupo de entidades. El correspondiente al mes de octubre. Modelo 419

IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS
· Pago en metálico del impuesto que graba los documentos negociados por Entidades Colaboradoras.  El correspondiente al mes de octubre. Modelo 610
· Pago en metálico del impuesto que graba la emisión de documentos que lleven aparejada acción cambiaria o sean endosables a la orden.  El correspondiente al mes de octubre. Modelo 615

IMPUESTO SOBRE LAS LABORES DEL TABACO
· Autoliquidación.  El correspondiente al mes de octubre. Modelo 460
· Declaración de operaciones accesorias al modelo 460.  El día 20 el correspondiente al mes de octubre. Modelo 461

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CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE
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MES DE OCTUBRE
Hasta el 21


Renta Personas Físicas:

· Retenciones a cuenta (3º trimestre 2013)
· Retenciones a cuenta Empresas fact. > 6.010.121,04 € (septiembre 2013)
· Fraccionamientos de pago (3º trimestre 2013)

I.V.A.:

· General (3º trimestre 2013)
· Simplificado (3º trimestre 2013)
· Incluidos en Registro de Devolución Mensual y Empresas fact. > 6.010.121,04 € (septiembre 2013)
·Declaración Recapitulativa de Operaciones Intracomunitarias (3º trimestre 2013 y Septiembre 2013)

Impuestos Especiales:

· Electricidad, Hidrocarburos y Tabaco (Declaración-liquidación mensual de septiembre 2013)
· Electricidad: Declaración-liquidación del tercer trimestre
· Cerveza, Productos Intermedios, Alcohol y Bebidas Derivadas: Declaración-liquidación julio de 2013)
· Declaración de operaciones Cerveza, Productos Intermedios, Alcohol y Bebidas Derivadas (Declaración julio 2013)
· Declaración de operaciones Vino y Bebidas Fermentadas mientras el tipo impositivo sea cero:(Declaración 3º trimestre 2013)
· Declaración de operaciones Hidrocarburos y Tabaco (Declaración septiembre del 2013)

Ventas minoristas de determinados hidrocarburos

· Declaración liquidación trimestral (Trimestre 3º/2013)

Sociedades:

· Pago fraccionado (normativa Navarra)
· 2º Pago fraccionado (normativa Estado)
· Retenciones a cuenta (3º trimestre 2013)
· Retenciones a cuenta Empresas fact. > 6.010.121,04 € (septiembre 2013)

Primas de seguros:
· Pago (septiembre 2013)

No residentes:
· Retenciones a cuenta (3er trimestre 2013): Del 1 al 21.
· Retenciones a cuenta empresas con facturación > 6.010.121,04 € (septiembre 2013)

 

MES DE NOVIEMBRE
Hasta el día 20

Renta Personas Físicas:
· Retenciones a cuenta Empresas fact. > 6.010.121,04 € (octubre 2013)
· Pago segundo plazo 2012

Patrimonio
· Pago segundo plazo 2012

I.V.A.:
· Incluidos en Registro de Devolución Mensual y Empresas fact. > 6.010.121,04 € (octubre 2013)
· Solicitud de alta o baja en el Registro de Devolución Mensual para 2014: Del 1 noviembre al 2 de diciembre
· Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (Octubre 2013)

Impuestos Especiales:
· Electricidad, Hidrocarburos y Tabaco (Declaración-liquidación mensual de octubre 2013)
· Cerveza, Productos Intermedios, Alcohol y Bebidas Derivadas (Declaración-liquidación de agosto)
· Declaración de operaciones Hidrocarburos y Tabaco (Declaración octubre de 2013)
· Declaración de operaciones Cerveza, Productos Intermedios, Alcohol y Bebidas Derivadas (Declaración agosto del 2013)

Sociedades:
· Retenciones a cuenta Empresas fact. > 6.010.121,04 € (octubre 2013): Del 1 al 20.

Primas de seguros:
· Pago (octubre 2013)

No residentes:
· Retenciones a cuenta empresas con facturación > 6.010.121,04 € (octubre 2013)

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CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE
#

MES DE OCTUBRE
Hasta el 21

IMPUESTOS ESPECIALES
·
Agosto 2013. Grandes Empresas (*). Modelos 554, 555, 556, 557 y 558

·
Septiembre 2013. Operadores autorizados. Modelos 500/503/NE
·
Septiembre 2013. Todas las empresas. Modelo 511

(*)Los destinatarios registrados, destinatarios registrados ocasionales, representantes fiscales y receptores autorizados, utilizarán para todos los impuestos el modelo 510

IMPUESTO DE SOCIEDADES
Pagos fraccionados Sociedades y Establecimientos permanentes
Segundo pago a cuenta, empresas con volumen de operaciones en el Territorio Histórico de Álava que tributan bajo normativa común
·
Régimen General. Presentación obligatoria por Internet. Modelo 202

· Régimen de Consolidación fiscal. Presentación obligatoria por Internet. Modelo 222

 

Hasta el 28

RENTA, SOCIEDADES Y NO RESIDENTES (con establecimiento permanente)
Retenciones e ingresos a cuenta rendimientos del trabajo, de actividades económicas, premios, arrendamiento de inmuebles urbanos, ganancias patrimoniales y capital mobiliario
· Tercer trimestre 2013. Modelos 110, 115-A, 117, 123, 124, 126, 128
· Septiembre 2013. Grandes Empresas. Modelos 111, 115-A, 117, 123, 124, 126 y 128

IVA
·
Septiembre 2013. Régimen General. Autoliquidación. Modelo 303

·
Septiembre 2013. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro. Modelo 340
·
Septiembre 2013. Grupo de entidades. Modelo individual 322
·
Septiembre 2013. Grupo de entidades. Modelo agregado 353
·
Septiembre 2013. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo 349
·
Tercer trimestre 2013. Régimen General. Autoliquidación. Modelo 303
·
Tercer trimestre 2013. Régimen Simplificado. Modelo 310
·
Tercer trimestre 2013. Declaración-Liquidación no periódica. Modelo 309
·
Tercer trimestre 2013. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo 349
·
Solicitud devolución Recargo de Equivalencia y otros sujetos ocasionales. Modelo 308
·
Reintegro de compensaciones en el R.E.A.G. y P 341

NO RESIDENTES (sin establecimiento permanente)
Retenciones e ingresos a cuenta
· Tercer trimestre 2013. Modelos 117 y 216

·
Septiembre 2013. Grandes Empresas. Modelos 117 y 216

Declaración colectiva
·
Tercer trimestre 2013. Modelo 215

TRIBUTO SOBRE EL JUEGO
·
Juego mediante apuestas. Tercer trimestre 2013. Modelo 048

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGURO
·
Septiembre 2013. Modelo 430

IMPUESTOS ESPECIALES
·
Julio 2013. Grandes Empresas. Modelos 561, 562, 563

·
Septiembre 2013. Impuesto sobre la Electricidad. Grandes Empresas. Modelo 560
·
Septiembre 2013. Todas las empresas. Modelos 581 y 566
·
Septiembre 2013. Todas las empresas (*) Modelos 570, 580
·
Tercer trimestre 2013 Todas las empresas. Modelo 553
·
Tercer trimestre 2013. Impuesto sobre la Electricidad. Modelo 560
·
Tercer trimestre 2013. Relación trimestral de primeras materias entregadas. Modelo 521
·
Tercer trimestre 2013. Parte trimestral de productos art.108ter Rgto IIEE. Modelo 522
·
Tercer trimestre 2013. Solicitudes de devolución:
      - Consumos de alcohol y bebidas alcohólicas. Modelo 524
      - Consumo de hidrocarburos. Modelo 572
      - Introducción en depósito fiscal, envíos garantizados y ventas a distancia. Modelos 506, 507 y 508

(*)Los destinatarios registrados, destinatarios registrados ocasionales, representantes fiscales y receptores autorizados, utilizarán para todos los impuestos el modelo 510

 

Hasta el 31

NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN FISCAL
Cuentas u operaciones cuyos titulares no han facilitado el NIF a las Entidades de Crédito
·
Tercer trimestre 2013. Modelo 195

 

MES DE NOVIEMBRE
Hasta el 8

IMPUESTOS ESPECIALES
·
Septiembre 2013. Grandes Empresas (*). Modelos 554, 555, 556, 557 y 558

·
Tercer trimestre 2013. Excepto Grandes Empresas (*). Modelos 554, 555, 556, 557 y 558
·
Octubre 2013. Operadores Autorizados. Modelos 500/503/NE
·
Octubre 2013. Todas las empresas. Modelo 511
(*) Los destinatarios registrados, destinatarios registrados ocasionales, representantes fiscales y receptores autorizados, utilizarán para todos los impuestos el modelo 510

 

Hasta el 11

RENTA
Ingreso del 40% de la cuota de la Declaración anual, ejercicio 2012, para aquellos contribuyentes que optaron por la modalidad fraccionada.

Pagos fraccionados
·
Actividades empresariales/profesionales: Tercer trimestre de 2013. Liquidación de oficio por parte de la Diputación, (salvo en el supuesto de inicio de actividad en el año 2013, en cuyo caso, el sujeto pasivo efectuará la autoliquidación en el modelo 130). Modelo 130

 

Hasta el 25

RENTA, SOCIEDADES Y NO RESIDENTES (con establecimiento permanente) Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, de actividades económicas, premios, arrendamiento de inmuebles urbanos, ganancias patrimoniales y capital mobiliario
·
Octubre 2013. Grandes Empresas. Modelos 111, 115-A, 117, 123, 124, 126 y 128

IVA
·
Octubre 2013. Régimen General. Autoliquidación. Modelo 303

·
Octubre 2013. Declaración de operaciones incluidas en los libros registro. Modelo 340
·
Octubre 2013. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias. Modelo 349
·
Octubre 2013. Grupo de entidades. Modelo individual. Modelo 322
·
Octubre 2013. Grupo de entidades. Modelo agregado. Modelo353

NO RESIDENTES (sin establecimiento permanente)
Retenciones e ingresos a cuenta
·
Octubre 2013. Grandes Empresas. Modelos 117 y 216

IMPUESTO SOBRE LAS PRIMAS DE SEGURO
·
Octubre 2013. Modelo 430

IMPUESTOS ESPECIALES
·
Agosto 2013.Grandes Empresas. Modelos 561, 562 y 563

·
Octubre 2013. Impuesto sobre la Electricidad. Grandes Empresas. Modelo 560
·
Octubre 2013.Todas las empresas. Modelos 581 y 566
·
Octubre 2013. Todas las empresas (*). Modelos 570 y 580
·
Tercer Trimestre 2013. Excepto Grandes Empresas. Modelos 561, 562 y 563

(*) Los destinatarios registrados, destinatarios registrados ocasionales, representantes fiscales y receptores autorizados, utilizarán para todos los impuestos el modelo 510

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CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE
#

MES DE OCTUBRE.
Desde el 1

TRIBUTOS LOCALES. IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS
· Inicio campaña recibos IAE

Hasta el 5

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN
· Septiembre 2013. Todas las empresas. Ventas en ruta • Modelo 511

Hasta el 21

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES E IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES
· Exclusivamente para entidades a las que le sea de aplicación la normativa estatal:
· Pagos fraccionados. Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de No residentes con establecimiento permanente • Modelo: 202
· Pagos fraccionados. Impuesto sobre Sociedades. Régimen consolidación fiscal • Modelo: 222

Hasta el 28

RENTA, SOCIEDADES Y NO RESIDENTES CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE
Retenciones e ingresos a cuenta:
· Tercer trimestre 2013 • Modelos 110, 115, 117, 123, 124, 126, 128
· Septiembre 2013. Grandes empresas • Modelos 111, 115, 117, 123,124, 126, 128
(Volumen de ingresos superior a 6.010.121,04 euros)

NO RESIDENTES SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE
Retenciones e ingresos a cuenta:
· Tercer trimestre 2013 • Modelos 117, 216
· Septiembre 2013. Grandes empresas • Modelos 117, 216

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
Tercer trimestre 2013:

· Régimen general • Modelo 300
· Recargo de equivalencia. Solicitud de devolución • Modelo 308
· Contribuyentes que no presentan declaraciones-liquidaciones periódicas del IVA y han efectuado, entre otras, adquisiciones intracomunitarias de bienes u operaciones con inversión  del sujeto pasivo • Modelo 309
· Régimen simplificado • Modelo 310
· Régimen especial de agricultura, ganadería y pesca. Solicitud de devolución • Modelo 341
· Declaración resumen recapitulativo de operaciones con sujetos pasivos de la UE • Modelo 349
· Régimen general + régimen simplificado • Modelo 370

Septiembre 2013:

· Grandes empresas • Modelo 320
· Grupo de entidades. Modelo individual. Modelo 322
· Autoliquidación mensual de IVA. Registro de devoluciones mensuales • Modelo 330
· Declaración de operaciones incluidas en los libros registro de IVA • Modelo 340
· Declaración resumen recapitulativo de operaciones con sujetos pasivos de la UE • Modelo 349
· Grupo de entidades. Modelo agregado.  Modelo 353

IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS
· Actos Jurídicos Documentados. Documentos negociados por entidades colaboradoras. Septiembre 2013 • Modelo 610

TRIBUTO SOBRE EL JUEGO
· Casinos de juego. Tercer trimestre 2013 • Modelo 042
· Juego mediante apuestas. Tercer trimestre 2013 • Modelo 048

IMPUESTO SOBRE PRIMAS DE SEGURO
· Septiembre 2013 • Modelo 430

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN
· Julio 2013. Grandes empresas • Modelos 561, 562, 563
· Septiembre 2013. Todas las empresas • Modelos 566, 581, 582
· Septiembre 2013. Grandes empresas • Modelos 560
· Tercer trimestre 2013. Excepto grandes empresas • Modelo 560
· Solicitud de devolución • Modelos 506, 507, 508, 524, 572
· Julio 2013. Grandes empresas (*) • Modelos 554, 555, 556, 557, 558
· Septiembre 2013. Todas las empresas (*) • Modelos 570, 580
· Tercer trimestre 2013. Todas las empresas • Modelos 553, 521

(*) Los destinatarios registrados, destinatarios registrados ocasionales, representantes fiscales y receptores autorizados, utilizarán para todos los impuestos el modelo 510.

Hasta el 31

IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES, E IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS
Declaración informatizada trimestral de documentos autorizados por los notarios:
· Tercer trimestre 2013 • Modelo N60

IDENTIFICACIÓN FISCAL
· Tercer trimestre de 2013 • Modelos 195
 

MES DE NOVIEMBRE
Hasta el 7

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN
· Octubre 2013. Todas las empresas. Ventas en ruta • Modelo 511

Hasta el 11

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
· Pagos fraccionados. Actividades económicas. Tercer trimestre 2013 • Modelo 130
· Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Cargo en cuenta corriente del 2º plazo de pago del IRPF 2012 (40%)

TRIBUTOS LOCALES. IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS (*)
Fin de plazo de pago del ejercicio 2013
* El periodo de pago de este Impuesto comienza el 1 de octubre de 2013 y finaliza el 11 de noviembre de 2013.
* En el caso de recibos no domiciliados, si se aproxima al fin del plazo de pago y el contribuyente no ha recibido en su domicilio el recibo, deberá solicitarlo en las oficinas tributarias de Hacienda de Donostia o de la provincia, salvo que el correspondiente ayuntamiento tenga asumido su cobro, en cuyo caso deberá solicitarlo al ayuntamiento en cuestión.
* Se advierte que quienes no hayan satisfecho este recibo el día 11 de noviembre tendrán un recargo de apremio, iniciándose el procedimiento de cobro por vía de apremio.

 
Desde el 20

TRIBUTO SOBRE EL JUEGO
Se inicia el plazo de solicitud de alta, modificación o baja  en el sistema de domiciliación del pago del tributo sobre el juego mediante máquinas o aparatos automáticos, finalizando dicho plazo el 5 de diciembre para que la domiciliación surta efectos desde el cuarto trimestre del año natural ( octubre-diciembre ) • Modelo 44D

 
Hasta el 25

RENTA, SOCIEDADES Y NO RESIDENTES CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE
Retenciones e ingresos a cuenta
· Octubre 2013. Grandes empresas • Modelos 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128
(Volumen de ingresos superior a 6.010.121,04 euros)

NO RESIDENTES SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE
Retenciones e ingresos a cuenta
· Octubre 2013. Grandes empresas • Modelos 117, 216

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
· Grandes empresas Octubre 2013 • Modelo 320
· Grupo de entidades. Modelo individual. Octubre 2013 • Modelo 322
· Autoliquidación mensual de IVA. Registro de devoluciones mensuales Octubre 2013 • Modelo 330
· Declaración de operaciones incluidas en los libros registro de IVA. Octubre 2013 • Modelo 340
· Declaración resumen recapitulativo de operaciones con sujetos pasivos de la UE. Octubre 2013 • Modelo 349
· Grupo de entidades. Modelo agregado. Octubre 2013 • Modelo 353

IMPUESTO SOBRE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS
· Actos Jurídicos Documentados. Documentos negociados por entidades colaboradoras. Octubre 2013 • Modelo 610

IMPUESTO SOBRE PRIMAS DE SEGURO
· Octubre 2013 • Modelo 430

IMPUESTOS ESPECIALES DE FABRICACIÓN
· Agosto 2013. Grandes Empresas • Modelos 561, 562, 563
· Octubre 2013. Todas las empresas • Modelos 566, 581, 582
· Tercer trimestre 2013. Excepto grandes empresas • Modelos 561, 562, 563
· Octubre 2013. Grandes empresas • Modelo 560
· Agosto 2013. Grandes Empresas (*) • Modelos 554, 555, 556, 557, 558
· Octubre 2013. Todas las empresas (*) • Modelos 570, 580
· Tercer trimestre 2013. Excepto Grandes Empresas (*)• Modelos 554, 555, 556, 557, 558

(*) Los destinatarios registrados, destinatarios registrados ocasionales, representantes fiscales y receptores autorizados, utilizarán para todos los impuestos el modelo 510.

 
Hasta el 30

DECLARACION CENSAL
· IVA.-Solicitud de inclusión o baja en el Registro de devoluciones mensuales • Modelo 036.

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CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE
#

MES DE OCTUBRE
Hasta el 10 de octubre

ACTIVIDADES ECONOMICAS
· Modelo. Recibo IAE - Impuesto sobre Actividades Económicas/Recurso Cameral Permanente.

BIENES INMUEBLES
· Modelo. Recibo IBI - Impuesto sobre Bienes Inmuebles gestionados por Diputación.

Hasta el 21 de octubre

SOCIEDADES
· Modelo. 218
- Pago fraccionado a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los sujetos pasivos y contribuyentes que tengan la consideración de gran empresa.

· Modelo. 222
- Pago fraccionado a cuenta del Impuesto sobre Sociedades para los grupos fiscales, incluidos los de cooperativas que tributen por el régimen fiscal especial.

Hasta el 28 de octubre

IMPUESTOS ESPECIALES
· Modelo. 506
- Solicitud de devolución por introducción en depósito fiscal.

· Modelo. 507
- Solicitud de devolución en el sistema de envíos garantizados.
· Modelo. 508
- Solicitud de devolución por el sistema de ventas a distancia.
· Modelo. 510
- Declaración de operaciones de recepción del resto de UE.
· Modelo. 524
- Solicitud de devolución de los impuestos especiales sobre el alcohol y las bebidas alcohólicas.
· Modelo. 553
- Declaración de operaciones en fabricas y depósitos fiscales de vinos y bebidas fermentadas.
· Modelo. 554
- Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de alcohol.
· Modelo. 555
- Declaración de operaciones para el Impuesto de productos intermedios en fábricas y depósitos fiscales de productos intermedios.
· Modelo. 557
- Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de bebidas derivadas.
· Modelo. 558
- Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de cerveza.
· Modelo. 560
- Declaración-liquidación del Impuesto sobre la electricidad.
· Modelo. 561
- Declaración-liquidación del Impuesto sobre la Cerveza.
· Modelo. 562
- Declaración-liquidación del Impuesto sobre productos intermedios.
· Modelo. 563
- Declaración-liquidación del Impuesto sobre el alcohol y bebidas derivadas.
· Modelo. 566
- Declaración-liquidación del Impuesto sobre labores del tabaco.
· Modelo. 570
- Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de hidrocarburos.
· Modelo. 572
- Solicitud de devolución del Impuesto sobre Hidrocarburos.
· Modelo. 580
- Declaración de operaciones en fábrica y depósitos fiscales de labores de tabaco.
· Modelo. 581
- Autoliquidación del Impuesto sobre Hidrocarburos.

IRPF Y PATRIMONIO
· Modelo. 130 - Pago fraccionado. Renta de las Personas Físicas.

IVA
· Modelo. 303
- Autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido.

· Modelo. 308
- Devolución para sujetos pasivos ocasionales y en recargo de equivalencia.
· Modelo. 309
- Declaración-Liquidación no periódica. Adquisiciones intracomunitárias de medios de transporte nuevos por personas o Entidades no empresarios o profesionales.
· Modelo. 310
- Régimen simplificado de IVA.
· Modelo. 322
- Grupo de entidades. Modeloelo individual. Autoliquidación mensual del Impuesto sobre el Valor Añadido.
· Modelo. 340
- Libros Contables
· Modelo. 341
- Compensación en el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca.
· Modelo. 349
- Resumen de operaciones intracomunitarias.
· Modelo. 353
- Grupo de entidades. Modeloelo agregrado. Autoliquidación mensual del Impuesto sobre el Valor Añadido.

JUEGO
· Modelo. 042-C
- Tasa casinos de juego.

· Modelo. 043-E
- Tributo sobre el Juego. Bingo electrónico.
· Modelo. 048
- Declaración-Liquidación. Tasa Fiscal sobre el Juego. Apuestas.

NO RESIDENTES
· Modelo. 215 - Declaración colectiva de rentas obtenidas por no residentes sin establecimiento permanente.

PRIMAS DE SEGURO
· Modelo. 430 - Declaración-liquidación del Impuesto sobre Primas de Seguro.

RETENCIONES
· Modelo. 110
- Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, sobre rendimientos del trabajo, de determinadas actividades económicas y de premios.

· Modelo. 111
- Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, sobre rendimientos del trabajo, de determinadas actividades económicas y de premios.
· Modelo. 115
- Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos procedentes del arrendamiento de bienes inmuebles urbanos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
· Modelo. 117
- Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las Instituciones de Inversión Colectiva, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
· Modelo. 123
- Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas y rendimientos del capital mobiliario, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
· Modelo. 124
- Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas y rendimientos del capital mobiliario derivados de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización de capital es ajenos, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y sobre la Renta de No Residentes.
· Modelo. 126
- Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas y rendimientos explícitos del capital mobiliario obtenidos de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y sobre la Renta de No Residentes.
· Modelo. 128
- Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas y rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez a efectos de lo dispuesto en el Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y sobre la Renta de No Residentes.
· Modelo. 216
- Declaración-Liquidación de retenciones a no residentes sin establecimiento permanente.

TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y A.J.D
· Modelo. 610
- Pago en metálico de AJD por documentos negociados por entidades de crédito.

· Modelo. 615
- Pago en metálico del impuesto que grava la emisión de documentos que llevan aparejada acción cambiaria o sean endosables a la orden.

VEHICULOS NUEVOS, MATRICULACION
· Modelo. 568
- Solicitud de devolución por reventa y envío de medios de transporte fuera del Territorio.

Hasta el 31 de octubre

OTROS
· Modelo. 038
- Relación de operaciones realizadas por entidades inscritas en registros públicos. Constitución, establecimiento Modeloificación o extinción inscritas durante el mes anterior en registros públicos.

Vencimiento Superior al Mes
IRPF Y PATRIMONIO
· Modelo. 40% IRPF
- - (Del 1/7 al 11/11)

MES DE NOVIEMBRE
Hasta el 11 de noviembre

IRPF Y PATRIMONIO
· Modelo. 40% IRPF
-


Hasta el 25 de noviembre

IMPUESTOS ESPECIALES
· Modelo. 510
- Declaración de operaciones de recepción del resto de UE.

· Modelo. 553
- Declaración de operaciones en fabricas y depósitos fiscales de vinos y bebidas fermentadas.
· Modelo. 554
- Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de alcohol.
· Modelo. 555
- Declaración de operaciones para el Impuesto de productos intermedios en fábricas y depósitos fiscales de productos intermedios.
· Modelo. 557
- Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de bebidas derivadas.
· Modelo. 558
- Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de cerveza.
· Modelo. 560
- Declaración-liquidación del Impuesto sobre la electricidad.
· Modelo. 561
- Declaración-liquidación del Impuesto sobre la Cerveza.
· Modelo. 562
- Declaración-liquidación del Impuesto sobre productos intermedios.
· Modelo. 563
- Declaración-liquidación del Impuesto sobre el alcohol y bebidas derivadas.
· Modelo. 566
- Declaración-liquidación del Impuesto sobre labores del tabaco.
· Modelo. 570
- Declaración de operaciones en fábricas y depósitos fiscales de hidrocarburos.
· Modelo. 580
- Declaración de operaciones en fábrica y depósitos fiscales de labores de tabaco.
· Modelo. 581
- Autoliquidación del Impuesto sobre Hidrocarburos.

IVA
· Modelo. 303
- Autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido.

· Modelo. 322
- Grupo de entidades. Modeloelo individual. Autoliquidación mensual del Impuesto sobre el Valor Añadido.
· Modelo. 340
- Libros Contables
· Modelo. 349
- Resumen de operaciones intracomunitarias.
· Modelo. 353
- Grupo de entidades. Modeloelo agregrado. Autoliquidación mensual del Impuesto sobre el Valor Añadido.

PRIMAS DE SEGURO
· Modelo. 430
- Declaración-liquidación del Impuesto sobre Primas de Seguro.

RETENCIONES
· Modelo. 111
- Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, sobre rendimientos del trabajo, de determinadas actividades económicas y de premios.

· Modelo. 115
- Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimientos procedentes del arrendamiento de bienes inmuebles urbanos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
· Modelo. 117
- Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas o ganancias patrimoniales obtenidas como consecuencia de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones representativas del capital o del patrimonio de las Instituciones de Inversión Colectiva, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
· Modelo. 123
- Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas y rendimientos del capital mobiliario, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
· Modelo. 124
- Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas y rendimientos del capital mobiliario derivados de la transmisión, amortización, reembolso, canje o conversión de cualquier clase de activos representativos de la captación y utilización de capital es ajenos, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y sobre la Renta de No Residentes.
· Modelo. 126
- Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas y rendimientos explícitos del capital mobiliario obtenidos de cuentas en toda clase de instituciones financieras, incluyendo las basadas en operaciones sobre activos financieros, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y sobre la Renta de No Residentes.
· Modelo. 128
- Declaración-liquidación correspondiente a retenciones e ingresos a cuenta sobre rentas y rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de contratos de seguros de vida o invalidez a efectos de lo dispuesto en el Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, Impuesto sobre Sociedades y sobre la Renta de No Residentes.
· Modelo. 216
- Declaración-Liquidación de retenciones a no residentes sin establecimiento permanente.

TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y A.J.D
· Modelo. 610
- Pago en metálico de AJD por documentos negociados por entidades de crédito.

· Modelo. 615
- Pago en metálico del impuesto que grava la emisión de documentos que llevan aparejada acción cambiaria o sean endosables a la orden.

Vencimiento Superior al Mes
OTROS
· Modelo. 038
- Relación de operaciones realizadas por entidades inscritas en registros públicos. Constitución, establecimiento Modeloificación o extinción inscritas durante el mes anterior en registros públicos. - (Del 1/11 al 2/12)

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CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE
#

PROCEDIMIENTO DE GESTION E INSPECCION
· Resolución de 26 de abril de 2013, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueba el modelo de declaración responsable prevista en el Real Decreto 335/2010, de 19 de marzo, por el que se regula el derecho a efectuar declaraciones en aduana y la figura del representante aduanero. (BOE 4-7-2013

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
· REAL DECRETO 633/2013, de 2 de agosto, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio y el Real Decreto 764/2010, de 11 de junio, por el que se desarrolla la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados en materia de información estadístico-contable y del negocio, y de competencia profesional. (BOE de 31 de agosto de 2013)

IMPUESTOS ESPECIALES
· Orden HAP/1229/2013, de 1 de julio, por la que se aprueban las normas de cumplimentación del documento administrativo electrónico interno y el modelo 525 "Documento de acompañamiento de emergencia interno", relativos al amparo de la circulación de productos objeto de los impuestos especiales de fabricación. (BOE 3-7-2013)

ADUANAS
· Resolución de 26 de abril de 2013, del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueba el modelo de declaración responsable prevista en el Real Decreto 335/2010, de 19 de marzo, por el que se regula el derecho a efectuar declaraciones en aduana y la figura del representante aduanero. (BOE 4-7-2013)

INCENTIVOS FISCALES Y FINANCIEROS, REGIMENES ESPECIALES Y ESTATUTOS FISCALES
· Ley 11/2013, de 26 de julio, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo (BOE 27-7-2013)

OTRAS DISPOSICIONES DE INTERES
· RESOLUCIÓN de 26 de junio de 2013, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se publica el tipo de interés efectivo anual para el tercer trimestre natural del año 2013, a efectos de calificar tributariamente a determinados activos financieros. (BOE de 1 de julio de 2013)
· DIRECTIVA 2013/43/UE, DEL CONSEJO, de 22 de julio de 2013, por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido en lo que respecta a la aplicación optativa y temporal del mecanismo de inversión del sujeto pasivo a determinadas entregas de bienes y prestaciones de servicios susceptibles de fraude. (DOUE L 201, de 26 de julio de 2013)
· DIRECTIVA 2013/42/UE, DEL CONSEJO, de 22 de julio de 2013, por la que se modifica la Directiva 2006/112/CE, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, por lo que respecta a la implantación de un mecanismo de reacción rápida contra el fraude en el ámbito del IVA. (DOUE L 201, de 26 de julio de 2013)
· RESOLUCIÓN de 19 de julio de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la modificación de la Norma Técnica de Auditoría sobre la aplicación del principio de empresa en funcionamiento. (BOE de 30 de julio de 2013)
· RESOLUCIÓN de 19 de julio de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la modificación de la Norma de Control de Calidad Interno de los auditores de cuentas y sociedades de auditoría. (BOE de 30 de julio de 2013)
· LEY 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria. (BOE de 3 de agosto de 2013)
· LEY 13/2013, de 2 de agosto, de fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario. (BOE de 3 de agosto de 2013 y corrección de errores de 18 de septiembre)


COMUNIDADES AUTONOMAS

Andalucía
· ORDEN de 26 de julio de 2013, de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por la que se aprueba el modelo normalizado de hoja y las prescripciones técnicas del libro de quejas y sugerencias relacionadas directa o indirectamente con el funcionamiento de la Administración Tributaria de la Junta de Andalucía, y se dictan normas en desarrollo del Decreto 31/2013, de 26 de febrero, por el que se regula la Oficina para la Defensa del Contribuyente y el Régimen Jurídico de las quejas y sugerencias que se formulen en relación con el funcionamiento de la Administración Tributaria de la Junta de Andalucía. (BOJA de 6 de agosto de 2013)

Asturias
· RESOLUCIÓN de 15 de julio de 2013, del Principado de Asturias, de la Consejería de Hacienda y Sector Público, por la que se amplía el plazo para la presentación del modelo 052 de declaración-autoliquidación del impuesto sobre depósitos en entidades de crédito del Principado de Asturias, correspondiente al ejercicio 2013. (BOPA de 18 de julio de 2013)
· RESOLUCIÓN de 15 de julio de 2013, del Principado de Asturias, de la Consejería de Hacienda y Sector Público, por la que se aprueba el modelo 052 de declaración-autoliquidación del impuesto sobre depósitos en entidades de crédito del Principado de Asturias. (BOPA de 18 de julio de 2013 y rectificación de errores por Resolución de 19 de julio -BOPA de 5 de agosto-)
· RESOLUCIÓN de 19 de julio de 2013, del Principado de Asturias, de la Consejería de Hacienda y Sector Público, por la que se rectifica error en el modelo 052 de declaración-autoliquidación del impuesto sobre depósitos en entidades de crédito del Principado de Asturias, aprobado mediante Resolución de 15 de julio de 2013. (BOPA de 5 de agosto de 2013)
· RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2013, del Principado de Asturias, de la Consejería de Hacienda y Sector Público, por la que se determina la remuneración máxima a percibir por los peritos terceros que intervengan en procedimientos de tasación pericial contradictoria en relación con los tributos cuya gestión corresponda al Ente Público de Servicios Tributarios del Principado de Asturias. (BOPA de 6 de agosto de 2013)

Baleares
· Ley 3/2013, de 17 de julio, de modificación de la Ley 6/2006, de 12 de abril, balear de caza y pesca fluvial, y modificada por la Ley 6/2007, de 27 de diciembre, de medidas tributarias y economico-administrativas (BOCAIB 30-7-2013)

Canarias
· RESOLUCIÓN de 28 de junio de 2013, de la Comunidad Autónoma de Canarias, Dirección General de Tributos, por la que se determinan los requisitos para acreditar ante la Administración Tributaria Canaria el pago en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. (BOCA de 4 de julio de 2013)
· Dirección General de Tributos.- Resolución de 9 de julio de 2013, por la que se establece la presentación y expedición por vía telemática de las certificaciones de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. (DOC 16-7-2013)
· ORDEN de 8 de julio de 2013, de la Comunidad Autónoma de Canarias, por la que se crea el sello electrónico de la Administración Tributaria Canaria.(BOCA de 16 de julio de 2013)
· ORDEN de 12 de julio de 2013, de la Comunidad Autónoma de Canarias, por la que se aprueba el modelo 702 de autoliquidación de las tasas por la expedición de los certificados de profesionalidad y acreditación de unidades de competencia, así como por la expedición de duplicados de los mismos, y se modifica la Orden de 7 de junio de 2011, por el que se aprueba el modelo 701 de autoliquidación de las tasas por participar en el procedimiento correspondiente al reconocimiento de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.(BOCA de 23 de julio de 2013)

Castilla y León
· ORDEN HAC/535/2013, de 27 de junio, de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, por la que se regula el Tablón de Anuncios Electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en materia tributaria. (BOCL de 1 de julio de 2013)
· LEY 5/2013, de 19 de junio, de Estímulo a la Creación de Empresas en Castilla y León. (BOCyL 3-7-2013)
· ORDEN HAC/612/2013, de 16 de julio, por la que se establecen los procedimientos de tramitación telemática de documentos de carácter tributario o recaudatorio gestionados por la Comunidad de Castilla y León y el procedimiento de presentación telemática de copias simples electrónicas. (BOCyL 25-3-2013)

Cataluña
· LEY 1/2013, de 16 de julio, del tipo impositivo aplicable a las transmisiones patrimoniales onerosas de bienes inmuebles. (DOGC 22-7-2013)

Extremadura
· Decreto 148/2013, de 6 de agosto, por el que se fija el calendario de días festivos de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2014 (DOE 9-8-2013)

Islas Baleares
· LEY 3/2013, de 17 de julio, de la Comunidad Autónoma de Illes Balears, de modificación de la Ley 6/2006, de 12 de abril, balear de caza y pesca fluvial, y modificada por la Ley 6/2007, de 27 de diciembre, de medidas tributarias y economico-administrativas. (BOIB de 30 de julio de 2013 y corrección de errores de 14 de septiembre)

La Rioja
· Instrucción, 1/2013 de la Consejera de Administración Pública y Hacienda, sobre interpretación y aplicación del régimen de encomienda de gestión a las Oficinas Liquidadoras de Distrito Hipotecario para la aplicación de tributos cedidos (BOR 12-7-2013)

Murcia
· Ley 5/2013, de 8 de julio, de apoyo a los emprendedores y a la competitividad e internacionalización de las pequeñas y medianas empresas (PYMES) de la Región de Murcia. (BORM 10-7-2013)
· Ley 6/2013, de 8 de julio, de medidas en materia tributaria del sector público, de política social y otras medidas administrativas. (BORM 10-7-2013)
· RESOLUCIÓN de 5 julio de 2013, de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, del Director de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, sobre habilitación de la Oficina de Yecla para el ejercicio de funciones en materia de Gestión de Tributos Cedidos. (BORM de 13 de julio de 2013)
Orden de 25 de julio de 2013 de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se fijan los honorarios máximos a percibir por los peritos terceros que intervengan en los procedimientos de tasación pericial contradictoria. (BORM 9-8-2013)
· RESOLUCIÓN de 15 de julio de 2013, de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, de la Dirección de la Agencia Tributaria de la Región de Murcia, por la que se dispone la publicación del convenio suscrito entre la Agencia Tributaria de la Región de Murcia y el Consorcio de Extinción de Incendios y Salvamento de la CARM. (BORM de 9 de agosto de 2013)

Valencia
· DECRETO 92/2013, de 5 de julio, de la Comunitat Valenciana, del Consell, por el que se desarrolla la disposición adicional decimoctava de la Ley 11/2012, de 27 de diciembre, de la Generalitat, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2013. (DOCV de 9 de julio de 2013)
· DECRETO 107/2013, de 26 de julio, de la Comunitat Valenciana, del Consell, por el que se fijan las tasas a satisfacer por la prestación de servicios académicos universitarios para el curso 2013-2014. (DOGV de 29 de julio de 2013)
· LEY 3/2013, de 26 de julio, de la Generalitat, de los Contratos y otras Relaciones Jurídicas Agrarias (DOGV 31-7-2013)
· DECRETO-LEY 4/2013, de 2 de agosto, del Consell, por el que se establecen medidas urgentes para la reducción del déficit público y la lucha contra el fraude fiscal en la Comunitat Valenciana, así como otras medidas en materia de ordenación del juego  (DOGV 6-8-2013)

 

REGIMENES ESPECIALES POR RAZON DEL TERRITORIO
Régimen Foral de Navarra
· ORDEN FORAL 245/2013, de 26 de junio, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se establece el procedimiento para efectuar por medios telemáticos el embargo de dinero en cuentas abiertas en entidades de crédito. (BON 5-7-2013)
· LEY FORAL 24/2013, de 2 de julio, de la Comunidad Foral de Navarra, de medidas urgentes para garantizar el derecho a la vivienda en Navarra. (BON de 12 de julio de 2013 y BOE de 27 de julio)
· LEY FORAL 26/2013, de 2 de julio, de la Comunidad Foral de Navarra, por la que se modifica la Ley Foral 7/2009, de 5 de junio, en la que se regula la asignación tributaria del 0,7 por 100 que los contribuyentes de la Comunidad Foral destinan a otros fines de interés social. (BON de 12 de julio de 2013 y BOE de 27 de julio)
· ORDEN FORAL 257/2013, de 5 de julio, de la Consejera de Economía, Hacienda, Industria y Empleo, por la que se aprueba el modelo 320 “Impuesto sobre Sociedades de normativa distinta a la navarra”.  (BON 17-7- 2013)
· ORDEN FORAL 249/2013, de 5 de julio, de la Comunidad Foral de Navarra, del Consejero de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local, por la que se modifica la Orden Foral 198/2013, de 13 de junio, por la que se determinan las exenciones tributarias a las que pueden acogerse las personas físicas y jurídicas afectadas por las lluvias torrenciales e inundaciones acaecidas en la Comunidad Foral, los días 19, 20, 21 y 25 de octubre de 2012, los temporales de lluvia y nieve sufridos durante el primer trimestre de 2013 y las inundaciones padecidas los días 8, 9 y 10 de junio de 2013, así como las compensaciones a practicar a los municipios que hayan aplicado dichas exenciones y se amplía la relación de municipios afectados. (BON de 19 de julio de 2013)
· DECRETO FORAL LEGISLATIVO 3/2013, de 17 de julio, de Armonización Tributaria, por el que se modifica la Ley Foral 20/1992, de 30 de diciembre, de Impuestos Especiales. (BON 30-7-2013)

 


Régimen de Concierto con el País Vasco

Normas del Territorio Histórico de Alava
· Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 2/2013, del Consejo de Diputados de 16 de julio, que adapta a la normativa tributaria alavesa diversas modificaciones introducidas en el ámbito de los Impuestos Especiales. (BOTHA 24-7-2013)
· Decreto Foral Normativo de Urgencia Fiscal 3/2013, del Consejo de Diputados de 1 de agosto, que adapta a la Normativa Tributaria Alavesa diversas modificaciones introducidas en el ámbito de los Impuestos Especiales en relación al Impuesto Especial sobre el Carbón. (BOTHA 9-8-2013)

Normas del Territorio Histórico de Guipúzcoa
· NORMA FORAL 3/2013, de 3 de julio, del Territorio Histórico de Gipuzkoa, por la que se modifica la Norma Foral 6/2005, de 12 de julio, sobre Organización Institucional, Gobierno y Administración del Territorio Histórico de Gipuzkoa. (BOG de 9 de julio de 2013)
· ORDEN FORAL 629/2013, de 4 de julio, del Territorio Histórico de Gipuzkoa, por la que se aprueban el nuevo impreso y los diseños físicos y lógicos del soporte directamente legible por ordenador para la presentación del modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.(BOG de 10 de julio de 2013)
· NORMA FORAL 5/2013, de 17 de julio, de medidas de lucha contra el fraude fiscal, de asistencia mutua para el cobro de créditos y de otras modificaciones tributarias (BOG 22-7-2013)
· DECRETO FORAL 27/2013, de 23 de julio, del Territorio Histórico de Gipuzkoa, sobre estructura orgánica y funcional del Departamento de Hacienda y Finanzas. (BOG de 1 de agosto de 2013)

Normas del Territorio Histórico de Vizcaya
· DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 89/2013, de 25 de junio, por el que se desarrolla la obligación de información sobre bienes y derechos situados en el extranjero. (BOB 2-7-2013)
· CONVENIO de 20 de mayo de 2013, del Territorio Histórico de Bizkaia, para la gestión, liquidación y recaudación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, suscrito entre la Diputación Foral de Bizkaia y el Ayuntamiento de Abanto y Zierbena. (BOB de 5 de agosto de 2013)
· CONVENIO de 20 de mayo de 2013, del Territorio Histórico de Bizkaia, para la gestión, liquidación y recaudación del impuesto sobre actividades económicas, suscrito entre la Diputación Foral de Bizkaia y el Ayuntamiento de Abanto y Zierbena. (BOB de 5 de agosto de 2013)

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NORMATIVA TRIBUTARIA CORRESPONDIENTE A LOS MESES DE JULIO Y AGOSTO DE 2013