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Al día

  • 19/01/2012

    • De Interés:

      • La página web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, informa lo siguiente:

        • 19/01/2012
        • 0 comentarios

         

        Certificados tributarios. Expedición de certificados tributarios. Identificación Censal

        Este procedimiento tiene por objeto la expedición de documentos acreditativos de hechos relativos a la situación tributaria de un obligado tributario.

    • Boletín Oficial del Estado:

      • Ceses (Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas)

        • 19/01/2012
        • 0 comentarios
        BOE 19/01/2012.

        Resolución de 16 de enero de 2012, de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Andalucía, por la que se dispone el cese de don Antonio Cruz Jiménez, como Subdelegado del Gobierno en Granada.

      • Ceses (Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas)

        • 19/01/2012
        • 0 comentarios
        BOE 19/01/2012.

        Resolución de 16 de enero de 2012, de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Andalucía, por la que se dispone el cese de don Manuel José Bago Pancorbo, como Subdelegado del Gobierno en Huelva.

      • Ceses (Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas)

        • 19/01/2012
        • 0 comentarios
        BOE 19/01/2012.

        Resolución de 16 de enero de 2012, de la Delegación del Gobierno en la Comunidad Autónoma de Andalucía, por la que se dispone el cese de don Faustino Valdés Morillo, como Subdelegado del Gobierno en Sevilla.

    • Boletín Oficial de las Cortes de Castilla y León:

      • Proyecto de Ley

        • 19/01/2012
        • 0 comentarios
        BOCCL 18/01/2012.

        Proyecto de Ley de estabilidad y disciplina presupuestaria.

  • 18/01/2012

    • De Interés:

      • La página web abogados.es del Consejo General de la Abogacía Española, publica lo siguiente:

        • 18/01/2012
        • 0 comentarios

         

         El Tribunal de Justicia de Luxemburgo analizará la legalidad del ''céntimo sanitario''

        El Tribunal de Justicia de Luxemburgo determinará sobre la legalidad del denominado ''céntimo sanitario'', impuesto con el que varias comunidades autónomas gravan el combustible para contribuir a financiar la sanidad.

        Esta instancia europea decidirá sobre el impuesto toda vez que ha admitido la cuestión prejudicial planteada al respecto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

        El Tribunal europeo se pronunciará en uno o dos años sobre el impuesto. En caso de que sea declarado ilegal, las comunidades que lo aplican se verían obligadas a retirarlo y a devolver con intereses los importes cobrados por esta tasa.

        Las demandas de las empresas de transporte contra el denominado ''céntimo sanitario'' llegan finalmente a instancias europeas dos años después de que comenzaran a recurrirlo ante sus respectivas comunidades autónomas.

        En el marco de este proceso, una vez que las empresas agotaron la vía administrativa en las comunidades autónomas, las empresas emprendieron la vía judicial. Entonces se planteó que antes de que los distintos tribunales autonómicos se posicionaran sobre el tema, consultaran a Bruselas.

        De entre todos los tribunales ante los que se planteó esta cuestión, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña lo ha estimado, elevando así el proceso hasta el Tribunal de Justicia de Luxemburgo.

        En su demanda, las empresas del sector del transporte sostienen que el ''céntimo sanitario'' es ilegal, dado que no atiende a la finalidad "no presupuestaria" que tiene que tener por tratarse de un impuesto armonizado a escala europea.

        El céntimo sanitario (Impuesto de Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos) se articuló en 2002 y se cedió a las comunidades autónomas. Andalucía, Murcia, Extremadura, Cataluña, Madrid, Asturias, Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha, Galicia y desde este año Castilla y León son las comunidades que aplican esta tasa, sobre la que Bruselas ya ha mostrado en varias ocasiones sus reticencias.

        La patronal del transporte de viajeros en autobús Fenebus indicó que el planteamiento de la cuestión prejudicial de este gravamen afecta a las solicitudes de devolución realizadas por las empresas y que actualmente están en tramitación. "Sin poder afirmar el éxito de las solicitudes de devolución, es cierto que las posibilidades han aumentado, al estar este asunto en Luxemburgo y no ser ya competencia de las autoridades españolas que, por propio interés y dada la situación económica, han venido desestimando reiteradamente las solicitudes", añade Fenebús.

    • Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava:

      • Orden Foral

        • 18/01/2012
        • 0 comentarios
        BOTHA 18/01/2011.

        Orden Foral 765/2011, del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos, de 28 de diciembre de modificación de la Orden Foral 84/2009 del Diputado de Hacienda, Finanzas y Presupuestos de 16 de febrero, por la que se aprueba el modelo 340 de declaración informativa sobre las operaciones incluidas en los libros registro.

    • Boletín Oficial de Gipuzkoa:

      • ORDEN FORAL

        • 18/01/2012
        • 0 comentarios
        BOG 18/01/2012.

        ORDEN FORAL 19/2012, de 12 de enero, por la que se aprueban los precios medios de venta de vehículos y embarcaciones aplicables en la gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.

    • Boletín Oficial del Estado:

      • Congreso de los Diputados. Reglamento (Cortes Generales)

        • 18/01/2012
        • 0 comentarios
        BOE 18/01/2012.

        Reforma del Reglamento del Congreso de los Diputados, por la que se modifica el artículo 46.1.

  • 17/01/2012

    • Boletín Oficial del Estado:

      • Medidas urgentes (Cortes Generales)

        • 17/01/2012
        • 0 comentarios
        BOE 17/01/2012.

        Resolución de 11 de enero de 2012, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de convalidación del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.

    • Diari Oficial de la Comunitat Valenciana:

      • Conselleria de Presidencia

        • 17/01/2012
        • 0 comentarios
        DOCV 16/01/2012.

        DECRETO LEY 2/2012, de 13 de enero, del Consell, de medidas urgentes de apoyo a la iniciativa empresarial y a los emprendedores, microempresas y pequeñas y medianas empresas (pyme) de la Comunitat Valenciana.

      • Conselleria de Hacienda y Administración Pública

        • 17/01/2012
        • 0 comentarios
        DOCV 17/01/2012.

        CORRECCIÓN de errores del Decreto Ley 1/2012, de 5 de enero, del Consell, de medidas urgentes para la reducción del déficit en la Comunitat Valenciana.

    • De Interés:

      • La página web de la Hacienda Foral de Gipuzkoa, informa lo siguiente:

        • 17/01/2012
        • 0 comentarios

         

         Normativa en tramitación. Impuestos

         El Departamento está elaborando un proyecto de Decreto Foral por el que se va a proceder a la subida al 21% de determinados tipos de retenciones e ingresos a cuenta tanto del IRPF como del IS para las rentas y con los efectos que se indican a continuación:

        En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:

        Con efectos desde 1-1-2012 hasta 31-12-2013:

        - Rendimientos del capital mobiliario
        - Premios

        Con efectos desde 1-3-2012 hasta 31-12-2013:

        - Rendimientos derivados del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles.

        - Ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva.


        En el Impuesto sobre Sociedades:

        Con efectos desde 1-1-2012 hasta 31-12-2013:

        - Con carácter general, para todo tipo de rentas sujetas a retención, salvo las del siguiente párrafo.

        Con efectos desde 1-3-2012 hasta 31-12-2013:

        - Rendimientos derivados del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles.

        - Rentas derivadas de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva.

        Más información

        El Proyecto de Decreto Foral se encuentra publicado en el apartado Normativa en Tramitación.

    • Boletín Oficial de las Juntas Generales de Bizkaia :

      • Enmiendas

        • 17/01/2012
        • 0 comentarios
        BOJGB 16/01/2012.

        Relativa al apoyo a los emprendedores y a la pequeña empresa Ekintzaileei eta enpresa txikiari laguntza emoteari buruzkoa. BATZAR NAGUSIAKJUNTAS GENERALESB I Z K A I A ALDIZKARI OFIZIALA BOLETIN OFICIAL IX LEGISLATURA IX. AGINTALDIA Serie A POTESTAD NORMATIVA ARAUPIDETZAA SailaII PROPOSICIONES DE ...

      • Admisión a trámite

        • 17/01/2012
        • 0 comentarios
        BOJGB 16/01/2012.

        Relativa al Recurso Cameral Errekurtso Kameralari buruzkoa. ...

  • 16/01/2012

    • Boletín Oficial del Estado:

      • MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

        • 16/01/2012
        • 0 comentarios
        BOE 14/01/2012.

        Real Decreto 117/2012, de 13 de enero, por el que se dispone el cese de doña Soledad Fernández Doctor como Presidenta del Tribunal Económico-Administrativo Central.

      • MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

        • 16/01/2012
        • 0 comentarios
        BOE 14/01/2012.

        Real Decreto 124/2012, de 13 de enero, por el que se nombra Director General de Tributos a don Diego Martín-Abril y Calvo.

      • MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

        • 16/01/2012
        • 0 comentarios
        BOE 14/01/2012.

        Real Decreto 118/2012, de 13 de enero, por el que se dispone el cese de don Emilio Pujalte Méndez-Leite como Vocal del Tribunal Económico-Administrativo Central.

      • MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

        • 16/01/2012
        • 0 comentarios
        BOE 14/01/2012.

         Real Decreto 119/2012, de 13 de enero, por el que se dispone el cese de don Fernando Rojas Urtasun como Director General de Presupuestos.

      • MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

        • 16/01/2012
        • 0 comentarios
        BOE 14/01/2012.

        Real Decreto 115/2012, de 13 de enero, por el que se dispone el cese de don José Alberto Pérez Pérez como Interventor General de la Administración del Estado.

      • MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

        • 16/01/2012
        • 0 comentarios
        BOE 14/01/2012.

        Real Decreto 123/2012, de 13 de enero, por el que se nombra Interventor General de la Administración del Estado a don José Carlos Alcalde Hernández.

      • Nombramientos (Universidades)

        • 16/01/2012
        • 0 comentarios
        BOE 16/01/2012.

        Resolución de 26 de diciembre de 2011, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se nombra Catedrático de Universidad a don Pedro Manuel Herrera Molina.

      • Nombramientos (Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas)

        • 16/01/2012
        • 0 comentarios
        BOE 14/01/2012.

        Real Decreto 129/2012, de 13 de enero, por el que se nombra Presidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales a don Ramón Aguirre Rodríguez.

      • MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

        • 16/01/2012
        • 0 comentarios
        BOE 14/01/2012.

        Real Decreto 125/2012, de 13 de enero, por el que se nombra Presidente del Tribunal Económico-Administrativo Central a don Emilio Pujalte Méndez-Leite.

      • MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

        • 16/01/2012
        • 0 comentarios
        BOE 14/01/2012.

         Real Decreto 121/2012, de 13 de enero, por el que se dispone el cese de don Enrique Martínez Robles como Presidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales.

      • Organización

        • 16/01/2012
        • 0 comentarios
        BOE 14/01/2012.

        Real Decreto 83/2012, de 13 de enero, por el que se reestructura la Presidencia del Gobierno.

    • Boletín Oficial del Parlamento de Cantabria:

      • Proyecto de Ley

        • 16/01/2012
        • 0 comentarios
        BOPC 13/01/2012.

        Por la que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Medidas Fiscales en materia de Tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 62/08, de 19 de junio. Aprobación por el Pleno.

    • De Interés:

      • La página web de la Presidencia del Gobierno, facilita la referencia del Consejo de Ministros celebrado el pasado viernes, día 13 de enero, de la que destaca lo siguiente:

        • 16/01/2012
        • 0 comentarios

        Referencia del Consejo de Ministros

        SUMARIO

        Hacienda y Administraciones Públicas

        - INFORME sobre el Anteproyecto de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera de las Administraciones Públicas.

        - REAL DECRETO por el que se nombra Interventor General de la Administración del Estado a D. JOSÉ CARLOS ALCALDE HERNÁNDEZ.

        - REAL DECRETO por el que se nombra Director General de Presupuestos a D. JAIME IGLESIAS QUINTANA .

        - REAL DECRETO por el que se nombra Director General de Tributos a D. DIEGO MARTÍN-ABRIL Y CALVO .

        - REAL DECRETO por el que se nombra Presidente del Tribunal Económico-Administrativo Central a D. EMILIO PUJALTE MÉNDEZ-LEITE .

        - REAL DECRETO por el que se nombra Presidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales a D. RAMÓN AGUIRRE RODRÍGUEZ .

      • La página web de la AEAT publica, en su apartado LE INTERESA CONOCER, lo siguiente:

        • 16/01/2012
        • 0 comentarios

        Nota informativa Retenciones 2012

        La Disposición adicional trigésima quinta de la Ley del IRPF, añadida por el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre (BOE del 31), de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, establece un gravamen complementario a la cuota íntegra estatal en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que resulta de aplicación en los periodos impositivos 2012 y 2013. En consonancia con ello, el citado Real Decreto-ley establece asimismo un incremento de las retenciones e ingresos a cuenta sobre los rendimientos del trabajo que se cuantifica mediante la aplicación de una escala específicamente aprobada a tal efecto.

        De acuerdo con las disposiciones contenidas en dicho Real Decreto-ley, para calcular las retenciones e ingresos a cuenta sobre los rendimientos del trabajo que se satisfagan en 2012 hay que tener en cuenta lo siguiente:

        1. Las retenciones e ingresos a cuenta a practicar sobre los rendimientos del trabajo correspondientes al mes de enero de 2012 se calcularán de acuerdo con el procedimiento general de retención anteriormente vigente, es decir, sin tener en cuenta las modificaciones introducidas por el Real Decreto-ley 20/2011.

        2. Las retenciones e ingresos a cuenta a practicar sobre los rendimientos del trabajo correspondientes al resto del ejercicio 2012, que se satisfagan a perceptores a quienes se hayan practicado retenciones en el mes de enero y siempre que no se trate de rendimientos correspondientes a ese mes, se calcularán practicándose la regularización correspondiente y obteniéndose, por tanto, un nuevo tipo de retención, tomando en consideración la siguiente escala1

        Hasta Cuota Resto hasta Porcentaje
        0,00 0,00 17.707,20 24,75%
        17.707,20 4.382,53 15.300,00 30,00%
        33.007,20 8.972,53   20.400,00 40,00%
        53.407,20 17.132,53   66.593,00 47,00%
        120.000,20 48.431,24   55.000,00 49,00%
        175.000,20 75.381,24   125.000,00 51,00%
        300.000,20   139.131,24 En adelante 52,00%

        3. La regularización del tipo de retención, que se practicará a partir del 1 de febrero de 2012 aunque no hubiera experimentado variación ninguna de las variables relevantes al efecto, se llevará a cabo del siguiente modo:

        a) Se calcula una nueva cuota de retención, aplicando a la "base para calcular el tipo de retención" (art. 83 del Reglamento del IRPF) los tipos que resulten de la escala indicada.

        b) La cuantía resultante se minorará en el importe derivado de aplicar la misma escala al importe del "mínimo personal y familiar para calcular el tipo de retención" (art. 84 del Reglamento), sin que el resultado de esta minoración pueda resultar negativo.

        c) Se procederá a calcular un nuevo tipo previo de retención, multiplicando por 100 el cociente obtenido de dividir la nueva cuota de retención por la cuantía total de las retribuciones y redondeando el resultado al entero más próximo, y un nuevo importe previo de la retención, aplicando el tipo previo obtenido a la cuantía total de las retribuciones. (Arts. 86.1, 2.º y 3.º párrafos, del Reglamento).

        d) Este nuevo importe previo de retención se minorará, si procede, en la cuantía de la deducción por obtención de rendimientos del trabajo (art. 85 bis del Reglamento), así como en la cuantía de las retenciones e ingresos a cuenta practicados en el mes de enero.

        e) El nuevo tipo de retención aplicable a partir del 1 de febrero se obtendrá multiplicando por 100 el cociente obtenido de dividir el resultado del apartado anterior entre la cuantía total de las retribuciones que resten hasta el final del año y se expresará con dos decimales.

        Este procedimiento, establecido por la normativa vigente, conduce a que la regularización no se concentre en el mes de febrero, sino que se distribuya a lo largo de los once meses restantes (febrero a diciembre) de 2012.

        Las operaciones indicadas anteriormente se podrán efectuar automáticamente, a partir del 1 de febrero de 2012, en la nueva versión del Programa de Ayuda para el cálculo de las retenciones, que próximamente se publicará en la página de la AEAT en Internet.

        Para poder efectuar correctamente la regularización comentada, deberá utilizarse la causa de regularización "11" (Otras causas) de las previstas en dicho Programa.

        Finalmente, debe señalarse que, para determinar el tipo e importe de las retenciones correspondientes a perceptores contratados con posterioridad al día 31 de enero de 2012, podrá utilizarse la nueva versión del Programa de Ayuda sin necesidad de practicar la regularización a que se ha hecho referencia anteriormente, con independencia de las regularizaciones que pudieran proceder por otros motivos.

         1 Dicha escala es la resultante de agregar, a efectos prácticos, la escala de retención del artículo 85.1.1. º del RIRPF y la escala de incrementos de la cuota de retención establecida en el apartado 2 de la disposición adicional trigésima quinta de la LIRPF, según la redacción dada por el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre.

    • Boletín Oficial de Gipuzkoa:

      • DFG-HACIENDA Y FINANZAS

        • 16/01/2012
        • 0 comentarios
        BOG 16/01/2012.

        Resolución 1/2012 de 12 de enero del Director General de Hacienda.

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