Grupo de Litigación
El Grupo de Litigación, creado por la Comisión Directiva, está formado por miembros de la Asociación especializados en el asesoramiento en materia de recursos en vía administrativa y jurisdiccional. Con una finalidad totalmente altruista, entre los objetivos del Grupo, destacan:
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Ayudar profesionalmente, de manera totalmente desinteresada, a aquellos miembros de la Asociación que lo soliciten expresamente, y lo autorice la Comisión Directiva.
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Colaborar única y exclusivamente en aquellos litigios con gran trascendencia técnica o en los que se discuta una doctrina que presente una importante repercusión para los contribuyentes o para la profesión, independientemente de su cuantía y del Tribunal -administrativo o judicial- ante el que se dilucide.
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Realizar un seguimiento especial o intervención en recursos de Casación admitidos a trámite por el Tribunal Supremo, que puedan fijar doctrina jurisprudencial de vinculante aplicación, como se lleva a cabo en otros países con el estudio de los leading cases; en la interposición de recursos de protección de derechos fundamentales o de amparo al Tribunal Constitucional o, incluso, cuando la Administración tributaria haya recurrido, ante el TEAC, una resolución estimatoria de un TEAR mediante un recurso para unificación de criterio o de doctrina, y el contribuyente afectado decidiera no personarse, por no afectarle la decisión, pero la decisión pueda repercutir, de manera trascendental, en el conjunto de contribuyentes.
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Participar, cuando así se requiera, en actividades formativas de interés para los miembros de AEDAF en cuestiones procesales y centradas en la litigación tributaria.
¿Eres miembro de AEDAF y quieres hacer llegar tu caso al Grupo de Litigación?
Por favor, envía un correo a GrupoLitigacion@aedaf.es con un resumen del litigio, identificando los actos o resoluciones impugnados junto con la documentación estrictamente necesaria. Explica brevemente porqué el asunto tiene importante repercusión para la generalidad de los contribuyentes, los posibles motivos de impugnación, la identificación del derecho (fundamental, o no) vulnerado, la existencia de otras decisiones judiciales contradictorias, etc.
Una vez recibido, el Grupo de Litigación lo evaluará y en caso de que cumpla los requisitos, se pasará a la Comisión Directiva para su valoración y aceptación.
MIEMBROS |
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José Luis Bosch Cholbi (coordinador) |
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Consuelo Sevillano Sebastiá |
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Alfonso del Castillo Bonet |
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Borja Orta Villar |
Calendario de reuniones 2025 |
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