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Doctrina DGT

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  • IS. La DGT se pronuncia por primera vez sobre la forma de cálculo del coeficiente del “patent box” en entidades en régimen de consolidación fiscal: en el numerador del coeficiente se incluirán los gastos realizados mediante subcontratación  con otra sociedad del grupo fiscal.

    IS. La DGT se pronuncia por primera vez sobre la forma de cálculo del coeficiente del “patent box” en entidades en régimen de consolidación fiscal: en el numerador del coeficiente se incluirán los gastos realizados mediante subcontratación con otra sociedad del grupo fiscal.

    • 05/03/2018
    • Doctrina DGT
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    V3254-17, de 19 de diciembre de 2017

    IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Beneficios fiscales. Reducción prevista en el art. 23 TRLIS. Los diseños industriales materializados en dibujos, modelos o planos, determinan el derecho a la aplicación del incentivo fiscal previsto en el artículo 23 de la LIS. Por tanto, en la medida en que los intangibles cedidos por la interesada tengan la consideración de diseños industriales en los términos establecidos, los mismos se entenderán incluidos dentro del artículo 23.1 de la LIS. No obstante, se trataría de circunstancias de hecho que deberían ser probadas por cualquier medio de prueba admitido en Derecho ante los órganos competentes en materia de comprobación de la Administración Tributaria. En el supuesto de que los diseños industriales se generen como consecuencia de las imágenes adquiridas por la interesada a un establecimiento permanente de su matriz canadiense situado en España, las rentas derivadas de su cesión tendrán derecho a la aplicación de la reducción del art. 23 LIS, siempre que se cumplan los requisitos previstos en dicho precepto y en los términos establecidos en el mismo.

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  • IRPF. La fianza, los gastos de aval bancario y la tasa de basura no forman parte de la deducción por alquiler de vivienda habitual.

    IRPF. La fianza, los gastos de aval bancario y la tasa de basura no forman parte de la deducción por alquiler de vivienda habitual.

    • 05/03/2018
    • Doctrina DGT
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    V0110-18, de 18 de enero de 2018

    IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Deducción por alquiler de vivienda habitual. Periodos transitorios. La base de la deducción no incluye ni el importe de la Tasa por Prestación del Servicio de Gestión de Residuos Urbanos, en la que el arrendatario tiene la condición de contribuyente, ni el importe de los gastos de suministros de la vivienda arrendada ni tampoco la comisión de la agencia, el aval bancario o la fianza entregada al arrendador en la medida en que constituye garantía del arrendamiento.

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  • IRPF. ¿Tributan las cantidades percibidas en concepto de gastos de desplazamiento y estancia por un dirigente de un partido político?

    IRPF. ¿Tributan las cantidades percibidas en concepto de gastos de desplazamiento y estancia por un dirigente de un partido político?

    • 05/03/2018
    • Doctrina DGT
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    V0041-18, de 16 de enero de 2018

    IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Rendimientos del trabajo personal. Rentas obtenidas por un ex parlamentario del Congreso de los Diputados durante el primer trimestre de 2017 y, de su partido político. Obligación de declarar. Noción de gasto por cuenta de un tercero. Los pagos de alojamiento y dieta, por la representación del partido, no son generadores de renta para el contribuyente. Retribuciones como parlamentario. El interesado no estaría obligado a presentar la declaración de IRPF si sus rendimientos del trabajo no superaron en 2017 el límite de 22.000 euros que se recoge en la letra a) del apdo. 2 del art. 96 LIRPF.

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  • IRPF. Tributación de la entrega de bonos de fidelización del Banco Santander a los obligacionistas del Banco Popular.

    IRPF. Tributación de la entrega de bonos de fidelización del Banco Santander a los obligacionistas del Banco Popular.

    • 26/02/2018
    • Doctrina DGT
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    V3212-17, de 14 de diciembre de 2017

    IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Rendimientos del capital mobiliario. Operaciones derivadas de la resolución de la entidad de crédito «Banco Popular» en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa europea. Conversión de las obligaciones subordinadas de la entidad resuelta en acciones que son inmediatamente transmitidas a la entidad compradora, que no producen efectos jurídicos ni económicos en sus titulares, y que generan un rendimiento negativo. Compensación de estos rendimientos con los de signo positivo obtenidos por la titularidad de los nuevos bonos de la entidad adquirente.

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  • IRPF. Tributación de la entrega de bonos de fidelización del Banco Santander a los accionistas del Banco Popular.

    IRPF. Tributación de la entrega de bonos de fidelización del Banco Santander a los accionistas del Banco Popular.

    • 26/02/2018
    • Doctrina DGT
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    V3258-17, de 19 de diciembre de 2017

    IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Ganancias y pérdidas patrimoniales. Operaciones derivadas de la resolución de la entidad de crédito «Banco Popular» en cumplimiento de lo dispuesto en la normativa europea. Tributación de la amortización de acciones y de la entrega de los nuevos bonos. Pérdida patrimonial de los accionistas por la amortización de la totalidad de las acciones realizada mediante una reducción de capital sin devolución de aportaciones. La entrega de nuevos bonos a los obligacionistas tributará como rendimientos del capital mobiliario mientras que los accionistas deberán declararlo como ganancia patrimonial. 

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  • IVA. La DGT recuerda los requisitos que deben reunir los suplido no sujeto al Impuesto sobre el Valor Añadido

    IVA. La DGT recuerda los requisitos que deben reunir los suplido no sujeto al Impuesto sobre el Valor Añadido

    • 26/02/2018
    • Doctrina DGT
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    V0013-18, de 06 de enero de 2018

    IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Sumas pagadas en nombre y por cuenta del cliente. Empresas de mantenimiento de ascensores. Pago de tasas en nombre de comunidades de propietarios. Noción de suplidos. La posibilidad de excluir e la base imponible las partidas habitualmente denominadas “suplidos”, requiere que las cantidades sean pagadas en nombre y por cuenta del cliente, y que el gasto sea acreditado mediante factura o documento que proceda en cada caso expedido a cargo del citado cliente y no del intermediario agente, consignatario o comisionista que le está supliendo.

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  • IVA. La organización de cacerías en fincas situadas fuera del TAI, cuando los destinatarios de los servicios no son empresarios o profesionales, no está sujeta a IVA.

    IVA. La organización de cacerías en fincas situadas fuera del TAI, cuando los destinatarios de los servicios no son empresarios o profesionales, no está sujeta a IVA.

    • 19/02/2018
    • Doctrina DGT
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    V3127-17, de 04 de diciembre de 2017

    IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO. Repercusión del tributo. Organización de cacerías incluyendo el alojamiento y la manutención así como la entrega de los trofeos cazados. Si el servicio se localiza fuera del territorio de aplicación del impuesto pues el evento se organiza en propiedades sitas fuera del ámbito espacial del impuesto, no estará sujetos al IVA y el interesado no tendrá que repercutir cuota alguna por el IVA en las facturas que expida.

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  • IRPF. Tributación de las rentas derivadas de arrendamientos de los inmuebles en herencias yacentes.

    IRPF. Tributación de las rentas derivadas de arrendamientos de los inmuebles en herencias yacentes.

    • 19/02/2018
    • Doctrina DGT
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    V3135-17, de 04 de diciembre de 2017

    IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Rendimientos del capital inmobiliario. Tributación de las rentas derivadas de arrendamientos de los inmuebles en herencias yacentes. No siendo posible considerar como contribuyente, a la comunidad de bienes, se atribuirá a los herederos la renta percibida según las normas o pactos aplicables en cada caso.

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  • IRPF. ¿Puede un abogado jubilado que presta servicios voluntariamente deducirse los gastos en los que incurra?

    IRPF. ¿Puede un abogado jubilado que presta servicios voluntariamente deducirse los gastos en los que incurra?

    • 19/02/2018
    • Doctrina DGT
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    V3296-17, de 27 de diciembre de 2017

    IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS. Rendimientos netos del trabajo. Gastos deducibles. Abogado jubilado que presta sus servicios como voluntario en determinados barrios de su ciudad. Los gastos en los que incurre en el desempeño de estas tareas, teléfono, desplazamiento, y otros, que sufraga con cargo su pensión mensual de jubilación no tienen la consideración de gastos deducibles y por tanto no minoran el importe de la pensión de jubilación que declara como rendimientos del trabajo.

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  • IS. La programación de videojuegos se considera actividad de innovación tecnológica siempre que suponga la obtención de un producto nuevo o que incorpore una mejora sustancial a uno ya existente

    IS. La programación de videojuegos se considera actividad de innovación tecnológica siempre que suponga la obtención de un producto nuevo o que incorpore una mejora sustancial a uno ya existente

    • 12/02/2018
    • Doctrina DGT
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    V3312-17, de 28 de diciembre de 2017. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES. Deducciones. Actividades de innovación tecnológica. Requisitos para la aplicabilidad de la deducción a la programación de videojuegos para tablets y smartphones, aun cuando las aplicaciones realizadas sean meros prototipos o el resultado sea o no comercializable en las plataformas de descargas.

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