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Doctrina DGT

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  • Consulta de la Dirección General de Tributos de 6 de agosto de 2009

    Consulta de la Dirección General de Tributos de 6 de agosto de 2009

    • 27/11/2009
    • Doctrina DGT
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    IP. Exención del artículo 4.Ocho.Dos de la Ley del IP. Incidencia de la Sentencia de 13 de noviembre de 2008, del Tribunal Supremo, en la existencia y acreditación del ejercicio de funciones directivas. No hay obstáculo alguno para que las funciones directivas, tal y como se entienden desde la perspectiva del impuesto patrimonial, puedan ser desempeñadas tanto por miembros del Consejo de la entidad de que se trate, como por personal directivo de alta dirección. Los miembros de los órganos de administración de una entidad han de ser retribuidos en su condición de tales y no como personal de alta dirección.

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  • Consulta de la Dirección General de Tributos de 26 de agosto de 2009

    Consulta de la Dirección General de Tributos de 26 de agosto de 2009

    • 27/11/2009
    • Doctrina DGT
    • 0 comentaris

    IVA. Una entidad residente en Singapur realiza importaciones en España para su posterior entrega a clientes españoles, en algunos casos el café es transportado directamente del despacho de Aduanas a las dependencias de los clientes españoles, en otras queda parte del mismo en un depósito franco. La sujeción en la importación del café no impide que la entrega posterior del mismo a clientes españoles, localizada en el territorio de aplicación del impuesto, se encuentre sujeta y no exenta. IRNR. Base imponible. Si la empresa interesada dispone de un establecimiento permanente en España, tributa por la totalidad de las rentas atribuibles a dicho establecimiento, cualquiera que sea el lugar de obtención de las mismas.

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  • Consulta de la Dirección General de Tributos de 7 de agosto de 2009

    Consulta de la Dirección General de Tributos de 7 de agosto de 2009

    • 27/11/2009
    • Doctrina DGT
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    IS. Al existir vinculación entre la entidad prestamista y la prestataria, no es fiscalmente deducible la pérdida por deterioro del crédito derivado de la insolvencia de la prestataria con independencia de que ésta se encuentre inactiva, salvo en caso de que se produzca una declaración judicial de insolvencia de esta última.

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  • Consulta de la Dirección General de Tributos de 4 de septiembre de 2009

    Consulta de la Dirección General de Tributos de 4 de septiembre de 2009

    • 27/11/2009
    • Doctrina DGT
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    ISyD. Hecho imponible. El interesado realiza una cesión de un inmueble a sus hijos mediante un pacto de mejora, reservándose el usufructo del mismo. Operación sujeta al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones por suponer un incremento de patrimonio a título lucrativo por una persona física. El pacto de mejora constituye una adquisición mortis causa, por ello será aplicable la reducción por parentesco, ya que es una reducción aplicable a las adquisiciones mortis causa. Devengo. El devengo se produce con el fallecimiento del causante, salvo que el pacto de mejora se realice con entrega de bienes de presente al mejorado, devengándose el impuesto el día en que se cause o celebre dicho pacto.

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  • Consulta de la Dirección General de Tributos de 6 de agosto de 2009

    Consulta de la Dirección General de Tributos de 6 de agosto de 2009

    • 27/11/2009
    • Doctrina DGT
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    La Dirección General de Tributos analiza en esta consulta las implicaciones fiscales derivadas de la condonación de créditos/débitos entre sociedades de un mismo grupo fiscal. Para ello, la Dirección General de Tributos distingue tres supuestos y concluye que en los tres casos ha de estarse al tratamiento contable de la operación.

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  • OCDE Directrices aplicables en materia de precios de transferencia a empresas multinacionales y administraciones tributarias

    OCDE Directrices aplicables en materia de precios de transferencia a empresas multinacionales y administraciones tributarias

    • 25/11/2009
    • Doctrina DGT
    • Publicado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Servicio de Administración Tributaria.
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  • Consulta de la Dirección General de Tributos de 20 de julio de 2009

    Consulta de la Dirección General de Tributos de 20 de julio de 2009

    • 23/11/2009
    • Doctrina DGT
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    IP e ISD. Exenciones. Persona que simultáneamente ejerce funciones gerenciales y de asesoramiento a clientes en una empresa en la que participa en un 85%. Para entender que se perciben remuneraciones por la realización de las funciones de dirección superiores al 50% de la totalidad de las rentas empresariales, profesionales y del trabajo personal, es necesario desglosar entre las retribuciones que se perciben en calidad de administrador y las que se obtienen por las funciones de asesoramiento. La exención exigirá que las primeras, computadas separadamente, cumplan el requisito mencionado.

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  • Consulta de la Dirección General de Tributos de 29 de julio de 2009

    Consulta de la Dirección General de Tributos de 29 de julio de 2009

    • 23/11/2009
    • Doctrina DGT
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    IRPF. IS. Aumento de su capital mediante la emisión de acciones nuevas totalmente liberadas con cargo a reservas procedentes de beneficios no distribuidos. No comporta la obtención de rentas para sus socios, los valores recibidos conservarán la antigüedad de los que proceden, distribuyendo el valor de los antiguos entre todas las participaciones. Transmisión en el mercado de derechos de asignación: Aplicación de reglas de transmisión de derechos de suscripción. IS: NRV9ª PGC: el importe de los derechos disminuirá el valor contable de los respectivos activos, debiendo integrar en la base imponible de la entidad transmitente el resultado contable que resulte. Compensación por los derechos no ejercidos ni transmitidos: Consideración de rendimiento obtenido por la participación en los fondos propios de la entidad, y por tanto, sometidos a retención.

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  • Consulta de la Dirección General de Tributos de 31 de julio de 2009

    Consulta de la Dirección General de Tributos de 31 de julio de 2009

    • 23/11/2009
    • Doctrina DGT
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    INGRESOS INDEBIDOS EN MATERIA TRIBUTARIA. Devolución. El representante voluntario no está facultado para elegir una cuenta de abono del ingreso indebido en ejercicio de su poder de representación, distinta de la del obligado tributario o su representante legal.

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  • Consulta de la Dirección General de Tributos de 30 de julio de 2009

    Consulta de la Dirección General de Tributos de 30 de julio de 2009

    • 23/11/2009
    • Doctrina DGT
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    IS. Adquisición de acciones propias para su posterior amortización inmediata, pagando a través de la entrega de varios inmuebles (inversiones inmobiliarias y existencias). En la adquisición y amortización posterior de acciones propias no se manifiesta para la entidad adquirente renta positiva o negativa a integrar en la base imponible del impuesto, sin perjuicio de que sí se genere por la transmisión de elementos patrimoniales a sus socios en contraprestación de las acciones adquiridas por la diferencia entre el valor de mercado de los elementos y su valor contable.

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