Trabajos y Documentos
Este apartado contiene documentos elaborados por los integrantes o colaboradores del Gabinete de Estudios, así como documentos e informes elaborados por organismos públicos referidos a temas de actualidad tributaria.
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DIRECTIVA SOBRE FISCALIDAD DEL AHORRO. ESTADO DEL DEBATE
- 01/01/2001
- Autores
- Francisco José Delmas González
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+I. INTRODUCCIÓN I.1. Problemas a solventar en el debate I.2. Objetivos I.3. Elementos básicos a considerar en el análisis técnico II. DESARROLLO DE LOS ASPECTOS TÉCNICOS II.1. Ambito de aplicación II.2. Sistema de intercambio de infornación II.3. Sistema de retención a cuenta II.4. Agente pagador II.5. Cláusula de derechos adquiridos II.6. Residencia e identificación del beneficiario III. DESARROLLO DE LOS ASPECTOS POLÍTICOS Y TÉCNICOS. CUESTIONES PENDIENTES III.1. Etapas del proceso negociador III.2. Aspectos operativos III.3. Negociaciones con terceros países CONCLUSIONES ANEXOS
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LA INCIDENCIA DE LA REFORMA DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES SEGÚN EL TAMAÑO DE LA EMPRESA
- 01/01/2001
- Autores
- Antonio Martínez Arias Elena Fernández Rodríguez
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+INTRODUCCIÓN 1.a PARTE: EVALUACIÓN DE LA REFORMA DESDE UN PUNTO DE VISTA TEÓRICO I. El Impuesto sobre Sociedades: Cálculo del gasto devengado y liquidación del Impuesto. II. Diferencias permanentes III. Diferencias temporales IV. Régimen fiscal aplicable a las Empresas de reducida dimensión 2.a PARTE: VALORACIÓN DEL CAMBIO DESDE UNA PERSPECTIVA PRÁCTICA V. Liquidación del Impuesto sobre Sociedades: Una visión de conjunto VI. Análisis de las principales partidas con incidencia en la liquidación del Impuesto sobre Sociedades VI. por tramos de ingresos VII. Tipo Impositivo Efectivo Contable y Fiscal CONCLUSIONES
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EL PROFESOR FLORES DE LEMUS Y LOS ESTUDIOS DE HACIENDA PÚBLICA EN ESPAÑA
- 01/01/2001
- Autores
- Mª José Aracil Fernández
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+I. INTRODUCCIÓN II. LA FIGURA DEL PROFESOR FLORES DE LEMUS II.1. Su etapa de formación II.2. El profesor Flores de Lemus en la Universidad II.3. Las aportaciones del profesor Flores de Lemus en el campo de la Hacienda Pública II.4. Los discípulos del profesor Flores de Lemus II.5. La escuela realista de Flores de Lemus III. LOS MANUALES DE HACIENDA PÚBLICA DE LOS DISCÍPULOS DE FLORES DE LEMUS III.1. La disciplina Hacienda Pública por el profesor Carande y Tovar: apuntes de clase del Dr. Royo Martínez III.2. Vicente Gay y Fornet: Hacienda Pública III.3. José Álvarez de Cienfuegos: Hacienda Pública III.4. Gabriel Franco López: Principios de Hacienda Pública IV. AUTORES CONTEMPORÁNEOS AL PROFESOR FLORES DE LEMUS IV.1. Francisco Bernis y Carrasco: La Hacienda Española. Los impuestos. Cómo son en España, cómo son en otras haciendas y cómo deben ser en la nuestra IV.2. Pío Ballesteros: Manual de Hacienda Pública IV.3. Otros textos 3.1. Hacienda Pública ajustado al programa de la Universidad Central, por Eduardo Ordóñez Munguira 3.2. Apuntes de Elementos de Hacienda Pública por A.S.R 3.3. Apuntes de Hacienda Pública, anónimos V. CONCLUSIÓN BIBLIOGRAFÍA
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PRINCIPIOS, DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES DEL RÉGIMEN SANCIONADOR TRIBUTARIO
- 01/01/2001
- Autores
- Varios Autores
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+ÍNDICE GENERAL EL INSTITUTO DE ESTUDIOS FISCALES Y LA INVESTIGACIÓN UNIVERSITARIA EN EL DERECHO FINANCIERO, por Juan José Rubio Guerrero. DERECHO FISCAL EUROPEO Y DERECHO COMUNITARIO.A PROPÓSITO DE LAS SEGUNDAS JORNADAS DE DERECHO CONSTITUCIONAL TRIBUTARIO EUROPEO, por Domingo Carbajo Vasco. PRESENTACIÓN, por Miguel Ángel Collado Yurrita.
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RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS CONSULTAS TRIBUTARIAS EN DERECHO ESPAÑOL Y COMPARADO
- 01/01/2001
- Autores
- Francisco D. Adame Martínez
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+1. INTRODUCCIÓN 2. NATURALEZA JURIDICA Y DELIMITACIÓN DE FIGURAS AFINES 2.1. Consultas tributarias y derecho de petición 2.2. Consultas tributarias y Órdenes interpretativas del artículo 18 de la Ley General Tributaria 3. SUJETOS LEGITIMADOS PARA FORMULAR CONSULTAS 4. MATERIAS SOBRE LAS QUE PUEDEN VERSAR LAS CONSULTAS 5. ÓRGANOS COMPETENTES PARA CONTESTAR LAS CONSULTAS TRIBUTARIAS 6. EFECTOS DE LAS CONTESTACIONES A CONSULTAS 6. 1. Efectos de las contestaciones para la Administración 6.1.1. Regla general: el carácter meramente informativo de las contestaciones 6.1.2. Excepciones a la regla general: las contestaciones con eficacia vinculante 6.1.2.1. Consultas vinculantes por razón de la materia 6.1.2.2. Consultas vinculantes por razón del consultante y de la materia 6.2. Efectos de las contestaciones para el consultante: la exención de responsabilidad por infracciones 6.2.1. Requisitos para que la consulta dé lugar al efecto exoneratorio de responsabilidad 6.2.2. Alcance de la exención de responsabilidad 7. REQUISITOS FORMALES QUE DEBE CUMPLIR EL ESCRITO DE SOLICITUD 8. PROCEDIMIENTO PARA LA TRAMITACIÓN Y RESOLUCIÓN DE LAS CONSULTAS 9. PLAZO PARA CONTESTAR LAS CONSULTAS 10. LAS CONSULTAS TRIBUTARIAS EN DERECHO COMPARADO 10.1. Introducción 10.2. Australia 10.3. Canadá
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Los pactos laborales de no competencia, de permanencia y plena dedicación
- 01/01/2001
- Autores
- Eduardo Ortega Prieto
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+Las materias que dan título al presente informe -reguladas en el art. 21 del Estatuto de los Trabajadores (E.T.)- tienen actualmente una especial importancia. Al respecto, es curioso observar cómo la escasa jurisprudencia sobre las mismas de hace algunos años es hoy, por el contrario, muy abundante. Sin duda alguna, la tecnología y la especialización tanto de las empresas como de los profesionales contratados por éstas así como la cada vez más acusada -y, a veces, feroz- competencia, ha dado lugar a un incremento realmente espectacular de supuestos relacionados con determinadas figuras laborales -como las que vamos a tratar- prácticamente en desuso hasta el momento. I. EL PACTO DE NO COMPETENCIA 1. Alcance y concepto La obligación del trabajador -en la más amplia acepción del término- de no colaborar con otra entidad que se dedique a la misma o similar actividad que la empresa a la que presta sus servicios -o no realizar por su cuenta esa actividad- nace de una doble fuente normativa. En primer lugar, como una obligación específica que emana del principio, siempre exigible, de la buena fe laboral. Es por ello que el propio art. 5 del E.T. señala, como uno de los deberes básicos del empleado -apartado d)-, el "no concurrir con la actividad de la empresa". En este sentido, tal obligación debe considerarse implícita en la propia relación laboral y mientras ésta subsista. En segundo, como obligación libremente aceptada por el empleado que se extiende más allá de la vigencia del propio contrato de trabajo, manteniéndose después de la terminación de éste. Esta segunda figura es la que vamos a exponer a continuación. Dicho lo cual, podemos ya definir el pacto de no concurrencia entendiéndolo como el compromiso adquirido por el trabajador de no prestar sus servicios, una vez finalizado su contrato de trabajo y durante un tiempo, a cualquier otra empresa de la competencia ni a efectuar ésta por su propia cuenta
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PRINCIPIOS JURÍDICO–FISCALES DE LA REFORMA DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA(*)
- 01/01/2001
- Autores
- José Manuel Tejerizo López
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+I. INTRODUCCIÓN II. PRINCIPIO DE GENERALIDAD III. PRINCIPIO DE IGUALDAD IV. LOS PRINCIPIOS DE CAPACIDAD ECONÓMICA, PROGRESIVIDAD Y NO CONFISCATORIEDAD V. PRINCIPIO DE SUFICIENCIA VI. PRINCIPIO DE EFICIENCIA VII. CONCLUSIONES
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Régimen fiscal de la urbanización de terrenos a través de juntas de compensación
- 01/01/2001
- Autores
- Isabel Sánchez Ayuso
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+I. El sistema de compensación en la ejecución del planeamiento urbanístico Por el sistema de compensación1, los propietarios de los terrenos comprendidos en una unidad de ejecución se constituyen en Junta de Compensación, la cual, una vez aprobados sus Estatutos y Bases de actuación por la Administración actuante, tiene personalidad jurídica propia, de naturaleza administrativa. Sin embargo, la incorporación de los propietarios a la Junta no presupone, salvo que los Estatutos dispongan otra cosa, la transmisión a la misma de los inmuebles afectados, sino que aquélla actuará como fiduciaria, con pleno poder dispositivo sobre las fincas pertenecientes a sus miembros, ocupándose de realizar la urbanización a costa de ellos, así como de la adjudicación a dichos propietarios de los terrenos ya urbanizados. En el caso de que, por disposición expresa de los Estatutos, sí se produjese transmisión de los terrenos como consecuencia de la constitución de la Junta, dicha transmisión, así como la que se llevara a cabo para redistribuirlos una vez realizada la urbanización, como tales transmisiones de inmuebles, no tendrían más especialidades desde el punto de vista fiscal que las derivadas de la exención en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y AJD y la no sujeción al Impuesto sobre el Incremento del Valor de los terrenos de Naturaleza Urbana, previstas en la propia Ley del Suelo2 , y de la exención en el Impuesto sobre el Valor Añadido3.
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INVERSIONES ESPAÑOLAS EN EL EXTERIOR. MEDIDAS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN INTERNACIONAL EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
- 01/01/2001
- Autores
- Amelia Maroto Sáez(*)
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+1. INTRODUCCIÓN 2. MEDIDAS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN INTERNACIONAL 2.1. Sociedades filiales 2.1.1. Dividendos-método de imputación limitada 2.1.2. Dividendos y plusvalías por enajenación de acciones. Método de exen- 2.1.2. ción, mediante deducción en cuota 2.1.3. Método de exención integral 2.2. Establecimientos permanentes en el extranjero 2.2.1. Método de imputación limitada 2.2.2. Método de exención (mediante deducción en cuota) 2.2.3. Método de exención integral 2.3. Entidades de tenencia de valores extranjeros 2.3.1. Primera etapa 2.3.1.1. Tratamiento de las rentas que llegan a la entidad de tenencia 2.3.1.1. de valores extranjeros 2.3.1.2. Tratamiento de las rentas que salen de la entidad de tenencia 2.3.1.1. de valores extranjeros 2.3.2. Segunda etapa 2.3.2.1. Tratamiento de las rentas que llegan a la entidad de tenencia 2.3.1.1. de valores extranjeros
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PRINCIPIOS, DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONALES DEL RÉGIMEN SANCIONADOR TRIBUTARIO
- 01/01/2001
- Autores
- Varios Autores
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+ÍNDICE GENERAL EL INSTITUTO DE ESTUDIOS FISCALES Y LA INVESTIGACIÓN UNIVERSITARIA EN EL DERECHO FINANCIERO, por Juan José Rubio Guerrero. DERECHO FISCAL EUROPEO Y DERECHO COMUNITARIO.A PROPÓSITO DE LAS SEGUNDAS JORNADAS DE DERECHO CONSTITUCIONAL TRIBUTARIO EUROPEO, por Domingo Carbajo Vasco. PRESENTACIÓN, por Miguel Ángel Collado Yurrita.